Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Familia Niñez Juventud y Adulto Mayor
Rango: Decretos Legislativos
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(DERÓGASE EL DECRETO LEGISLATIVO
No. 113 DE 6 DE JUNIO DE 1941)
DECRETO No. 65, Aprobado el 29 de Mayo de 1953
Publicado en La Gaceta No. 147 del 27 de Junio de 1953
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 65
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Se deroga el Decreto Legislativo No. 113
de fecha 6 de Junio de 1941, publicado en "La Gaceta", Diario
Oficial, Número 127 de 17 de Junio del citado año de 1941.
Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir en la fecha de
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., Mayo 29 de 1953.- LUIS A. SOMOZA, D. P.- J. J.
MORALES MARENCO, D.S.- IG. ROMÁN, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 10 de
Junio de 1953.-LORENZO GUERRERO, S. P.- ALBERTO ARGÜELLO
V., S. S.- P. RENER, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., diez y
ocho de Junio de mil novecientos cincuenta y tres.- A.
SOMOZA, Presidente de la República.- M. SALMERÓN,
Ministro de la Gobernación y Anexos.
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