Decreto Que Autoriza La Salida De Efectivos Militares Del Ejercito De Nicaragua Hacia Honduras Y El Ingreso Al Territorio Nacional De Efectivos Militares, Naves Y Aeronaves De Las Fuerzas Armadas De China Taiwan

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Seguridad y Defensa Nacional Rango: Decretos Legislativos - DECRETO QUE AUTORIZA LA SALIDA DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA HONDURAS Y EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE CHINA TAIWAN. DECRETO A.N No. 5320, Aprobada el 14 de Febrero del 2008 Publicada en la Gaceta No. 38 del 22 de Febrero del 2008 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En usos de sus facultades; HA DICTADO El siguiente: DECRETO QUE AUTORIZA LA SALIDA DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA HONDURAS Y EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE CHINA TAIWAN. Artículo 1 Autorizar la salida de efectivos militares del territorio nacional e ingreso de efectivos, naves y aeronaves militares extranjeras al territorio nacional, de conformidad a la planificación de actividades durante el año 2008, que comprende la salida de tropas nicaragüense fuera del país y el ingreso de tropas, naves y aeronaves extranjeras con fines humanitarios hacia Nicaragua. Art. 2 Autorizar la salida del territorio nacional de un contingente representativo del Ejército de Nicaragua y el ingreso de tropas con sus equipos, naves y aeronaves extranjeras detallados a continuación: 1. Ingreso al territorio nacional de una flotilla de instrucción compuesta de tres buques con 850 efectivos militares de la Armada de la República de China Taiwán, para participar en un Ejercicio de intercambio de Adiestramiento con la Fuerza Naval del Ejercito de Nicaragua, del 10 al 25 de abril del año 2008. 2. Salida de 5 efectivos militares de Nicaragua hacia la República de Honduras, para participar en el ejercicio Salto Multinacional Iguana Voladora 2008, del 20 al 30 de abril del año 2008. Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los catorce días del mes de Febrero del año dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional. -