Decreto Que Autoriza La Salida De Efectivos Militares Del Ejercito De Nicaragua Hacia Honduras Y El Ingreso Al Territorio Nacional De Efectivos Militares, Naves Y Aeronaves De Las Fuerzas Armadas De China Taiwan
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Legislativos
-
DECRETO QUE AUTORIZA LA SALIDA
DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJERCITO DE NICARAGUA HACIA HONDURAS Y
EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS MILITARES, NAVES Y
AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE CHINA TAIWAN.
DECRETO A.N No. 5320, Aprobada el 14 de Febrero del
2008
Publicada en la Gaceta No. 38 del 22 de Febrero del
2008
LA ASAMBLEA
NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En usos de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO QUE
AUTORIZA LA SALIDA DE EFECTIVOS MILITARES DEL EJERCITO DE NICARAGUA
HACIA HONDURAS Y EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EFECTIVOS
MILITARES, NAVES Y AERONAVES DE LAS FUERZAS ARMADAS DE CHINA
TAIWAN.
Artículo 1 Autorizar la salida de efectivos militares del
territorio nacional e ingreso de efectivos, naves y aeronaves
militares extranjeras al territorio nacional, de conformidad a la
planificación de actividades durante el año 2008, que comprende la
salida de tropas nicaragüense fuera del país y el ingreso de
tropas, naves y aeronaves extranjeras con fines humanitarios hacia
Nicaragua.
Art. 2 Autorizar la salida del territorio nacional de un
contingente representativo del Ejército de Nicaragua y el ingreso
de tropas con sus equipos, naves y aeronaves extranjeras detallados
a continuación:
1. Ingreso al territorio nacional de una flotilla de instrucción
compuesta de tres buques con 850 efectivos militares de la Armada
de la República de China Taiwán, para participar en un Ejercicio
de intercambio de Adiestramiento con la Fuerza Naval del Ejercito
de Nicaragua, del 10 al 25 de abril del año 2008.
2. Salida de 5 efectivos militares de Nicaragua hacia la República
de Honduras, para participar en el ejercicio Salto
Multinacional Iguana Voladora 2008, del 20 al 30 de abril del
año 2008.
Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional. Managua, a los catorce días del mes de Febrero del año
dos mil ocho. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la
Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario
de la Asamblea Nacional.
-