Decreto Por El Que Se Reforma El Articulo 204 Del Código De Minería

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 204 DEL CÓDIGO DE MINERÍA Decreto Legislativo, Aprobado el 19 de Febrero de 1908 Publicado en La Gaceta No. 25 del 27 de Febrero de 1908 La Asamblea Nacional Legislativa, Decreta: Artículo Único.- La patente anual de que habla el artículo 204 del Código de Minería vigente, se pagará anticipadamente, del 1º al último de enero inclusive, en la Agencia Fiscal de la población más inmediata en que estuviese ubicada la mina. Queda así reformado el artículo 204 del código citado y rige esta ley desde su publicación. Dado en el Salón de Sesiones. Managua. 13 de febrero de 1908 - Juan B. Sáenz, D.P. H. Aguirre Muñoz, J.S. Zelaya. El Ministro de Justicia. José D. Gámez. -