Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Decretos Legislativos
-
DECRETO POR EL QUE SE FIJA EL
PRECIO Á LOS TERRENOS
Aprobado el 22 de Febrero de 1889
Publicado en La Gaceta No. 19 del 9 de Marzo de 1889
El Presidente de la República, á sus habitantes,-Sabed:-Que el
Congreso ha ordenado lo siguiente:El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
decretan:Art. 1° - La base del precio por cada manzana de terreno
baldío, es la siguiente: ochenta centavos, la de crianza de ganado:
un peso cincuenta centavos, la de pan llevar ó de agricultura: dos
pesos, la de pan llevar que contenga regadío; y cuarenta centavos
más, por cada manzana de las clases referidas, que contuviesen
maderas utilizables de construcción, tinte ó marquetería.
Art. 2° - Queda derogada cualquiera disposición que se
oponga á la presente.
Dado en el Salón de sesiones de la Cámara del SenadoManagua,
febrero 22 de 1889Dom. Salinas S. PA. H. Rivas, S.
S.- Santana Romero, S. S.- Al P. E.- Salón de
Sesiones de la Cámara de DiputadosManagua, febrero 26 de
1889Agustin Duarte-Manuel UsagaJuan Salinas.
Por tanto:-Ejecútese Masaya, febrero 28 de 1889E. Carazo-Al
Honorable Señor Ministro de Hacienda Lic. don Bernabé
PortocarreroManagua-B. Portocarrero.
-