Decreto Lejislativo De 5 De Junio De 1844, Disponiendo Que El Director Del Estado Ejerza El Protectorado De Montepío

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - DECRETO LEJISLATIVO DE 5 DE JUNIO DE 1844, DISPONIENDO QUE EL DIRECTOR DEL ESTADO EJERZA EL PROTECTORADO DE MONTEPÍO Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Primero. De la Rocha, Jesús El Director del Estado ejercerá el protectorado de montepío, i la facultad que por el artículo 3º del reglamento de 15 de agosto de 1771 correspondía a la junta de que allí se trata; pero en cuanto a los casos dudosos consultará con la Leiislatura. NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado. -