Decreto Lejislativo De 24 De Enero De 1862, Declarando Pueblo De La República Al Barrio De San Felipe De Leon

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Normas Jurídicas de Nicaragua Rango: Decretos Legislativos - DECRETO LEJISLATIVO DE 24 DE ENERO DE 1862, DECLARANDO PUEBLO DE LA REPÚBLICA AL BARRIO DE SAN FELIPE DE LEON Aprobado el 24 de Enero de 1862 Código de la Lejislación de la República de Nicaragua. Libro Tercero. De la Rocha, Jesú Art. 1. ° El barrio de San Felipe es pueblo de la República desde hoi en delante; i como tal, su gobierno interior estará a cargo de las autoridades que al efecto elija. Art. 2. ° La municipalidad del pueblo de San Felipe, se compondrá de un alcalde propietario i un suplente, dos Rejidores, un Síndico, un Juez de agricultura i un suplente, electos conforme a la lei de elecciones. Art. 3. ° Las tierras de que hasta hoi es legalmente propietario el barrio de San Felipe, serán distribuidas con arreglo a la lei en provecho del mismo pueblo. Art. 4. ° Tanto para verificar la primera eleccion de las autoridades del pueblo, como para lo demas que tienda a su establecimiento, el Gobierno emitirá los reglamentos correspondientes. NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado. -