Decreto Lejislativo De 23 De Mayo De 1830, Declarando Nulos Todos Los Actos Emanados De La Asamblea Instalada En Leon El 13 De Agosto De 1826, Como Tambien Los Los De Loa Que Se Organizó En Granada La Noche Del 17 De Setiembre Del Mismo Año
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO LEJISLATIVO DE 23 DE
MAYO DE 1830, DECLARANDO NULOS TODOS LOS ACTOS EMANADOS DE LA
ASAMBLEA INSTALADA EN LEÓN EL 13 DE AGOSTO DE 1826, COMO TAMBIEN
LOS LOS DE LOA QUE SE ORGANIZÓ EN GRANADA LA NOCHE DEL 17 DE
SETIEMBRE DEL MISMO AÑO
Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro
Primero. De la Rocha, Jesús
El Jefe del Estado de Nicaragua.
Por cuanto la Asamblea Lejislativa ha decretado i el Consejo
representativo sanciona lo siguiente.
La Asamblea Lejislativa del Estado de Nicaragua.
Considerando:
1° que la instalacion bajo este nombre el 13 de agosto de
1826 en la ciudad de Leon con nueve representantes fué reclamada de
nula por falta de cumplimiento del art. 71 de la Constitucion que
inconsideradamente se eludió por la junta preparatoria cuyos
reclamos hicieron cuatro de sus representantes:
2° que a pesar de los debatos sobre este punto, cinco de sus
individuos, entre los cuales estaban dos reclamados nulos,
indebidamente se trasladaron a la ciudad de Granada, en donde
llamando a los tres del departamento de Segovia, tambien reclamados
nulos, i que no habian tomado asiento en Leon, i a un suplente
(cuyo propietario existia en aquella ciudad contra lo dispuesto en
el art. 71 de la Constitucion,) se reorganizaron en esta ciudad la
noche del 17 de setiembre del propio año, que se dieron las
investiduras de Cuerpo soberano del Estado:
3° que estos escandalosos hechos dieron ocasion a la
fratricida guerra que experimentó el Estado en los subsecuentes
años de 27 i 28:
4° que convencida la mayoría de los pueblos de la
inconstitucionalidad, desconocieron su autoridad, anhelando por
todos los medios posibles el restablecimiento del órden i la lei
hasta lograr el que hoi se disfruta, ha venido en decretar i
Decreta:
1°. Se declaran nulos todos los actos emanados de la
Asamblea instalada en Leon el 13 de agosto de 1826, como tambien
los de la que se reorganizó en Granada la noche del 17 de setiembre
del mismo año.
Pase al Consejo para su sancion. --- Dado en Granada, a 23 de mayo
de 1830. --- José María Estrada, D. P. J. Benito Morales, D. S.
Evaristo Berrios, D. S. --- Sala del Consejo representativo. ---
Granada, mayo 25 de 1830. --- Dionisio Herrera. --- Al ciudadano
Agustin Vijil.
NOTA: Se respeta el contenido
original del texto, conservando la ortografía, gramática y
redacción de la época en que fue elaborado.
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