Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO LEGISLATIVO EXTENDIENDO
Á SEIS AÑOS MAS EL PRIVILEGIO CONCEDIDO Á LOS CAFETALEROS
Aprobado el 24 de Febrero de 1866
Publicada en la Gaceta No. 11 del 16 de Marzo de 1866
El Presidente de la República á sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Art. Único. El término de doce años señalados á los cultivadores de
café por la ley de 28 de mayo de 1858 para el goce de los
privilegios que ella misma establece, se estenderá por seis años
mas.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
febrero 24 de 1866.- Rosalio Cortez, D. P.- I. Delgado, D. S.-
Ramón Alegría, D. S.- Al Poder Ejecutivo.- Salon de sesiones de la
Cámara del Senado.- Managua, marzo 12 de 1866- Hermenegildo Zepeda,
S.P.- P. Chamorro, S. S.- José Abarca, S. S.- Por tanto:
Ejecútese.- Palacio Nacional.- Managua, marzo 12 de 1866.- Tomas
Martínez.- El Ministro de Fomento- Antonio Silva.
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