Decreto Legislativo De 9 De Agosto De 1858, Autorizando Al Presidente De La República Para Promover La Organización De Un Gobierno Jeneral, O Al Menos La Formación De Un Pacto Por El Cual Todos Los Estados De Centro América Tengan Una Sola Representación Esterior
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO LEGISLATIVO DE 9 DE
AGOSTO DE 1858, AUTORIZANDO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA PARA
PROMOVER LA ORGANIZACIÓN DE UN GOBIERNO JENERAL, O AL MENOS LA
FORMACIÓN DE UN PACTO POR EL CUAL TODOS LOS ESTADOS DE CENTRO
AMÉRICA TENGAN UNA SOLA REPRESENTACIÓN ESTERIOR
Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro
Segundo. De la Rocha, Jesús
Art. 1º. Se autoriza al Presidente de la República para que
promueva la organización de un Gobierno General en Centro América
por los medios que estime convenientes.
Art. 2º. Este Gobierno será popular representativo.
Art. 3º. En caso que esto no sea posible, procurará la
formación de un pacto que una a todos los estados en la
representación de su soberanía externa, i haga más expedita la
defensa de todos contra agresiones exteriores.
NOTA: Se respeta el contenido
original del texto, conservando la ortografía, gramática y
redacción de la época en que fue elaborado.
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