Decreto Legislativo De 18 De Enero De 1858, Disponiendo Que El Gobierno Nombre Comisionados Para Tratar Con El De Costa Rica, En Virtud De No Poderse Ratificar El Tratado Concluido Entre Comisionados De Éste Y El General En Jefe Del Ejército De Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - DECRETO LEJISLATIVO DE 18 DE ENERO DE 1858, DISPONIENDO QUE EL GOBIERNO NOMBRE COMISIONADOS PARA TRATAR CON EL DE COSTA RICA, EN VIRTUD DE NO PODERSE RATIFICAR EL TRATADO CONCLUIDO ENTRE COMISIONADOS DE ÉSTE I EL GENERAL EN JEFE DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Segundo. De la Rocha, Jesús Art. único. No pudiendo ratificarse el tratado de 8 de diciembre último, celebrado entre comisionados del Gobierno de Costa Rica i el general en jefe del ejército de Nicaragua por parte de esta República, el Gobierno autorizará comisionados, para que mediante nuevas instrucciones, prosigan i concluyan tratados de paz i límites, amistad i alianza entre ambas Repúblicas, de modo que concilien sus intereses respectivos i se afiance la independencia de ambos países, sujetos dichos tratados a la ratificación de la Asamblea. NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado. -