Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO, DELEGANDO EN EL PODER
EJECUTIVO LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES QUE LE
CORRESPONDEN
Aprobado el 8 de Marzo de 1885
Publicado en La Gaceta No. 9 del 21 de Marzo de 1885
El Presidente de la República, á sus habitantes,- Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua.-
Decretan:
Único - Deléganse en el Poder Ejecutivo todas las facultades de que
habla la fracción 25 del artículo 24 de nuestra Constitución
Política.
Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua Marzo 8 de
1885.- Ag. Pasos, P.- J. Luis Vega, S.- Tomás Armijo, S.- Al Poder
Ejecutivo - Salón de Sesiones de la Cámara del Senado - Managua,
Marzo 8 de 1885- Pedro Joaquín Chamorro, P.- Ramón Saenz, S.-
Francisco Jiménez, S.- Por tanto:- Ejecútese - Managua, Marzo 9 de
1885 - Ad. Cárdenas - El Ministro de la Gobernación - Teodoro
Delgadillo.
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