Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DELEGANDO AL PODER
EJECUTIVO FACULTADES CONSTITUCIONALES
Aprobado el 20 de Marzo de 1877
Publicado en La Gaceta No. 13 del 31 de Marzo de 1877
El Presidente de la República á sus habitantes- Sabed-:Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua.
Decretan:
Unico. Deléganse el Poder Ejecutivo las facultades contenidas en la
fracción 25 del artículo 42 de la Constitución.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado-Managua, Marzo
20 de 1877.
Fernando Guzmán, S. P,- R. Morales. S. S.- J. Gregorio Cuadra, S.
S.- Al P. E.- Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados-Managua,
Marzo 20 de 1877- Francisco Reyes, D. P.- Francisco del Castillo,
D. S.- Agustín Duarte, D. S.- Por tanto: ejecútese- Managua, Marzo
21 de 1877- Pedro Joaquín Chamorro- El Ministro de Gobernación- A.
H. Rivas.
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