Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL
ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. No. 3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE
NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN"
DECRETO A. N. No. 6203, Aprobado el 16 de Noviembre del
2010
Publicado en la Gaceta No. 232 del 03 de Diciembre del 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO DE RESTABLECIMIENTO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO A.N. No.
3318 QUE DECLARA A LA CIUDAD DE NIQUINOHOMO "PATRIMONIO CULTURAL DE
LA NACIÓN"
Artículo 1 Restablézcase en todos sus efectos legales e
iguales términos, la disposición legal contenida en el artículo 2
del Decreto A.N. No. 3318 que declara a la Ciudad de Niquinohomo
"Patrimonio Cultural de la Nación", publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 174 del 13 de Septiembre del 2002. En consecuencia se
restablece la asignación de Un Millón de Córdobas Netos (C$
1,000,000.00) con fuente de recursos del tesoro, vía Presupuesto
General de la República, siendo el ejecutor la Alcaldía Municipal
de Niquinohomo, por siete años consecutivos a partir de la vigencia
del presente Decreto.
Estos recursos deberán ser invertidos en la restauración,
reparación, mantenimiento y conservación de la Casa Museo Augusto
C. Sandino y Monumento de la Parroquia Santa Ana de Niquinohomo, a
la que se le asignará. Todo sujeto a la correspondiente rendición
de cuentas en base a la Ley No. 550, Ley de Administración
Financiera y del Régimen Presupuestario, vigente y su
reforma.
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil
diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea
Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira Secretario de la Asamblea
Nacional.
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