Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE
OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR EN ORO DE LA ASAMBLEA NACIONAL
AL PADRE MIGUEL D ESCOTO BROCKMANN M.M.
DECRETO A. N. N°. 7198,
Aprobado el 27 de Junio de 2013
Publicado en La Gaceta No. 122 del
2 de Julio de 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es atribución de la Asamblea Nacional crear y otorgar sus
propias órdenes honoríficas y distinciones de carácter nacional, de
conformidad con lo establecido en el artículo 138, numeral 15 de la
Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo
30, numeral 18 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder
Legislativo de la República de Nicaragua.
II
Que la Asamblea Nacional desea reconocer la labor del Padre Miguel
D Escoto Brockmann M.M., por ser vivo ejemplo de paz, amor,
solidaridad y de unidad latinoamericana.
III
Que para Nicaragua es de gran honor y orgullo, que el Padre Miguel
D Escoto Brockmann M.M., Ex Canciller de nuestro país, fue
distinguido por su lucha y amor por la paz a la humanidad, para ser
Presidente de la Asamblea General de la ONU en su Sexagésimo
período de sesiones en el año 2008, transmitiendo al mundo entero
sus deseos de una paz en el mundo en solidaridad y justicia
social.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7198
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA MEDALLA DE HONOR EN ORO DE LA
ASAMBLEA NACIONAL AL PADRE MIGUEL D ESCOTO BROCKMANN
M.M.
Artículo 1 Otórguese la Medalla de Honor en Oro de la
Asamblea Nacional al Padre Miguel D Escoto Brockmann M.M., como
un reconocimiento a sus distinguidos méritos como humanista,
pacifista mundial, así como su loable labor en las relaciones
exteriores de Nicaragua.
Art. 2 La Junta Directiva de la Asamblea Nacional, hará
entrega de la Medalla y del correspondiente Diploma con el texto de
este Decreto al Padre Miguel D Escoto Brockmann M.M., en Sesión
Especial.
Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los veintisiete días del
mes de junio del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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