Decreto De Aprobación Del Convenio De Préstamo No. 899 Suscrito El 17 De Octubre De 2014, Entre La República De Nicaragua Y Kuwait Fund For Arab Economic Development, Para Financiar El Proyecto Construcción Y Equipamiento Del Hospital Departamental De Chinandega

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 899, SUSCRITO EL 17 DE OCTUBRE DE 2014, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y KUWAIT FUND FOR ARAB ECONOMIC DEVELOPMENT, PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE CHINANDEGA DECRETO LEGISLATIVO No. 7619, Aprobado el 26 de Noviembre del 2014 Publicado en La Gaceta No. 229 del 2 de Diciembre del 2014 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 166-2014, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 177 del 19 de septiembre de 2014, el Ministro de Hacienda y Crédito Público en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 17 de octubre de 2014 el Convenio de Préstamo No. 899 con el KUWAIT FUND FOR ARAB ECONOMIC DEVELOPMENT (Fondo Kuwaití para el Desarrollo Económico Árabe). II Que mediante el referido Convenio de Préstamo No. 899, Kuwait Fund for Arab Economic Development le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de KD 8.5 Dinares kuwaitíes equivalentes a Treinta Millones de Dólares en moneda de Estados Unidos de América (US$30,000,000.00) aproximadamente, en carácter de préstamo para financiar el Proyecto Construcción y Equipamiento del Hospital Departamental de Chinandega, que será ejecutado por el Ministerio de Salud (MINSA). III Que las condiciones financieras del convenio de préstamo contratado con Kuwait Fund for Arab Economic Development, tiene una concesionalidad ponderada de 35.04% aproximadamente en combinación con el cofinanciamiento y donación del BCIE, siendo la concesionalidad del préstamo de 28.98% aproximadamente, el cual está en armonía con los Lineamientos de Endeudamiento Público del año 2014, Decreto No. 24-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 133 del 17 de julio de 2013 y a los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013  2015 Decreto No. 45-2012, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre de 2012 y a lo establecido en la Ley No. 477, Ley General de Deuda Publica, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y articulo 50, numeral 3 del Reglamento, Decreto No. 2-2004, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 21 del 30 de enero de 2004. POR TANTO En uso de sus facultades, HA DICTADO El siguiente: DECRETO A. N. N°. 7619 DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 899 SUSCRITO EL 17 DE OCTUBRE DE 2014, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y KUWAIT FUND FOR ARAB ECONOMIC DEVELOPMENT, PARA FINANCIAR EL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE CHINANDEGA Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No. 899, suscrito el 17 de octubre de 2014, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público de Nicaragua y Kuwait Fund for Arab Economic Development, por un monto de KD 8.5 Dinares kuwaities equivalentes a Treinta Millones de Dólares en moneda de los Estados Unidos de América (US$ 30,000,000.00) aproximadamente, para financiar el Proyecto Construcción y Equipamiento del Hospital Departamental de Chinandega, el cual será ejecutado por el Ministerio de Salud (MINSA). Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil catorce. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. -