Decreto De Aprobación Del Convenio De Préstamo No. 899 Suscrito El 17 De Octubre De 2014, Entre La República De Nicaragua Y Kuwait Fund For Arab Economic Development, Para Financiar El Proyecto Construcción Y Equipamiento Del Hospital Departamental De Chinandega
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 899, SUSCRITO EL 17 DE OCTUBRE DE 2014,
ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y KUWAIT FUND FOR ARAB ECONOMIC
DEVELOPMENT, PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y
EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE CHINANDEGA
DECRETO LEGISLATIVO No. 7619, Aprobado el 26 de Noviembre
del 2014
Publicado en La Gaceta No. 229 del 2 de Diciembre del 2014
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 166-2014, publicado en La Gaceta, Diario Oficial,
No. 177 del 19 de septiembre de 2014, el Ministro de
Hacienda y Crédito Público en nombre y representación del Gobierno
de la República de Nicaragua, suscribió el 17 de octubre de 2014 el
Convenio de Préstamo No. 899 con el KUWAIT FUND FOR ARAB
ECONOMIC DEVELOPMENT (Fondo Kuwaití para el Desarrollo Económico
Árabe).
II
Que mediante el referido Convenio de Préstamo No. 899,
Kuwait Fund for Arab Economic Development le otorga al Gobierno de
la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de KD 8.5
Dinares kuwaitíes equivalentes a Treinta Millones de Dólares en
moneda de Estados Unidos de América (US$30,000,000.00)
aproximadamente, en carácter de préstamo para financiar el
Proyecto Construcción y Equipamiento del Hospital Departamental de
Chinandega, que será ejecutado por el Ministerio de Salud (MINSA).
III
Que las condiciones financieras del convenio de préstamo contratado
con Kuwait Fund for Arab Economic Development, tiene una
concesionalidad ponderada de 35.04% aproximadamente en combinación
con el cofinanciamiento y donación del BCIE, siendo la
concesionalidad del préstamo de 28.98% aproximadamente, el cual
está en armonía con los Lineamientos de Endeudamiento Público del
año 2014, Decreto No. 24-2013 publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 133 del 17 de julio de 2013 y a los
objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública
2013 2015 Decreto No. 45-2012, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre de
2012 y a lo establecido en la Ley No. 477, Ley General
de Deuda Publica, publicada en La Gaceta, Diario Oficial
No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y articulo 50,
numeral 3 del Reglamento, Decreto No. 2-2004, publicada
en La Gaceta, Diario Oficial, No. 21 del 30 de enero de
2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7619
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO
No. 899 SUSCRITO EL 17 DE OCTUBRE DE 2014,
ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y KUWAIT FUND FOR ARAB ECONOMIC
DEVELOPMENT, PARA FINANCIAR EL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO
DEL HOSPITAL DEPARTAMENTAL DE CHINANDEGA
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No.
899, suscrito el 17 de octubre de 2014, entre la República de
Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito
Público de Nicaragua y Kuwait Fund for Arab Economic Development,
por un monto de KD 8.5 Dinares kuwaities equivalentes a Treinta
Millones de Dólares en moneda de los Estados Unidos de América (US$
30,000,000.00) aproximadamente, para financiar el Proyecto
Construcción y Equipamiento del Hospital Departamental de
Chinandega, el cual será ejecutado por el Ministerio de Salud
(MINSA).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiséis días del
mes de noviembre del año dos mil catorce. Lic. Iris Montenegro
Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic.
Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
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