Decreto De Aprobación Del Convenio De Prestamo No. 1644P, Suscrito El 17 De Abril De 2015, Entre La Republica De Nicaragua Y El Fondo Opep Para El Desarrollo Internacional (Ofid), Para Financiar El Proyecto De Mejoramiento De La Carretera Rancho Rojo- La Calamidad.
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº.1644P, SUSCRITO EL 17 DE ABRIL DE 2015,
ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL FONDO OPEP PARA EL DESARROLLO
INTERNACIONAL (OFID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE
LA CARRETERA RANCHO ROJO-LA CALAMIDAD
DECRETO A. N. N°. 7750, Aprobado el 2 de Junio de 2015
Publicado en La Gaceta No. 103 del 4 de Junio de 2015
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial Nº.
44-2015 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 50 del 13 de
marzo de 2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre
y representación del Gobierno de la República de Nicaragua,
suscribió el 17 de abril de 2015, el Convenio de Préstamo Nº.
1644P, con el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID).
II
Que mediante el referido Convenio de Préstamo Nº. 1644P, el Fondo
OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID) le otorga al Gobierno
de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de
Siete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América
(US$7,000,000.00) en carácter de préstamo, para financiar el
Proyecto de Mejoramiento de la Carretera Rancho Rojo-La
Calamidad, que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e
Infraestructura.
III
Que el préstamo contratado con el Fondo OPEP para el Desarrollo
Internacional (OFID), tiene una concesionalidad ponderada de 39.75%
combinados con los recursos contratados para el Sector Transporte y
de 28.44% de concesionalidad para este préstamo. Podemos decir que
este préstamo, está en armonía con los Lineamientos de la Política
de Endeudamiento Público de 2015, Decreto Nº. 35-2014, publicado en
La Gaceta, Diario Oficial Nº. 131 del 15 de julio de 2014, con los
objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública
2013-2015, Decreto No. 45-2012, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial Nº. 241 del 17 de diciembre de 2012, con lo
establecido en la Ley Nº. 477, Ley General de Deuda Publica,
publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 236 del 12 de diciembre
de 2003 y con el artículo 50, numeral 3, del Reglamento Decreto Nº
2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 21 del 30 de
enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7750
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO Nº.1644P,
SUSCRITO EL 17 DE ABRIL DE 2015, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y
EL FONDO OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID), PARA
FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA RANCHO
ROJO-LA CALAMIDAD
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo Nº. 1644P,
suscrito el 17 de abril de 2015 entre la República de Nicaragua,
representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público de la
República de Nicaragua y el Fondo OPEP para el Desarrollo
Internacional (OFID), por un monto de Siete Millones de Dólares de
los Estados Unidos de América (US$7,000,000.00), en carácter de
préstamo para financiar el Proyecto Mejoramiento de la Carretera
Rancho Rojo-La Calamidad, que será ejecutado por el Ministerio de
Transporte e Infraestructura.
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los dos días del mes de
junio del año dos mil quince. Lic. Iris Montenegro Blandón,
Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba
Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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