Decreto De Aprobación Del Convenio De Préstamo N° Nic-4, Suscrito Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco De Exportación-Importación De Corea (Eximbank)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE PRÉSTAMO N° NIC-4, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN-IMPORTACIÓN DE
COREA (EXIMBANK)
DECRETO A.N. No. 5554. Aprobado el 22 de Enero de 2009
Publicado en La Gaceta N° 20 del 30 de Enero de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
431-2008 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 185 del 26 de
septiembre del 2008, el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 15 de octubre del 2008, el Convenio de
Préstamo No. NIC-4 con el Banco de Exportación-Importación de Corea
(EXIMBANK), Agencia Gubernamental para la administración del Fondo
de Cooperación para el Desarrollo Económico (EDCF por sus siglas en
inglés).
II
Que mediante el citado Convenio el EXIMBANK, le otorga al Gobierno
de la República de Nicaragua un préstamo por un monto en Won
Coreano que no excede el equivalente a Quince Millones Novecientos
Cuarenta y Tres Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$
15,943,000.00) , para financiar el Proyecto Expansión del Sistema
de Agua Potable de Juigalpa, FASE II, cuya ejecución estará a cargo
de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios (ENACAL).
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el
EXIMBANK son concesionales y están en armonía con los Lineamientos
de la Política de Endeudamiento Público 2008, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial, No. 241 del 14 de diciembre del año 2007.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. NIC-4,
SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO
DE EXPORTACIÓN-IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK)
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No. NIC-4, por
un monto en Won Coreano que no excede el equivalente a Quince
Millones Novecientos Cuarenta y Tres Mil Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 15,943,000.00), firmado el 15 de octubre del
2008, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado
por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por el Banco de
Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental
para la administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Económico (EDCF por sus siglas en inglés), para financiar el
Proyecto Expansión del Sistema de Agua Potable de Juigalpa, FASE
II, cuya ejecución estará a cargo de la Empresa Nicaragüense de
Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
veintidós días del mes de enero del año dos mil nueve. Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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