Decreto De Aprobación Del Convenio De Línea De Crédito, Suscrito Por El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco De Exportación E Importación De La India (Exim Bank), Para Financiar El "proyecto De Conversión De Subestación La Esperanza Y Línea De Transmisión Esperanza- La Gateada A 138 Kv"
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE LÍNEA DE CRÉDITO, SUSCRITO POR EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE
LA INDIA (EXIM BANK), PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE CONVERSIÓN DE
SUBESTACIÓN LA ESPERANZA Y LÍNEA DE TRANSMISIÓN ESPERANZA- LA
GATEADA A 138 KV"
DECRETO A. N. No. 8186, Aprobado el
7 de febrero de 2017
Publicado en La Gaceta No. 30 del 13 de febrero de 2017
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
l
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 74-2016, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 165 del 1 de septiembre de 2016, el Ministro de
Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del
Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 8 y 19 de
septiembre de 2016, el Convenio de Línea de Crédito con el Banco de
Exportación e Importación de la India (Exim Bank).
ll
Que mediante el Convenio de Línea de Crédito el Exim Bank, le
otorgó a la República de Nicaragua una Línea de Crédito por un
monto de Treinta y un millones doscientos noventa mil dólares de
los Estados Unidos de América (US$ 31,290,000.00), a veinte años de
plazo, incluyendo cinco años de gracia, con una tasa de interés
ordinaria del uno punto setenta y cinco por ciento (1.75%) anual y
un cargo por compromiso a una tasa del cero punto cincuenta por
ciento (0.50%) anual sobre el monto del crédito no retirado, para
financiar el "Proyecto de Conversión de Subestación La Esperanza y
Línea de Transmisión Esperanza - La Gateada a 138 kv". Ejecución a
cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica
(ENATREL).
lll
Que las condiciones financieras del Convenio de Línea de Crédito
suscrito con el Exim Bank permiten una concesionalidad de 29.44%
aproximadamente, lo cual está en armonía con los Lineamientos de la
Política de Endeudamiento Público del año 2016, Decreto
No. 25-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 142 del 30 de julio de 2015; con los objetivos
planteados en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2016-2019,
Decreto No. 06-2016 publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 48 del 9 de marzo de 2016 y con lo
establecido en la Ley No. 477, Ley General de Deuda
Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236
del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del artículo 50 de su
Reglamento, Decreto No. 2-2004, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 21 del 30 de enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N.
No. 8186
DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONVENIO DE LÍNEA DE CRÉDITO, SUSCRITO POR EL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN E
IMPORTACIÓN DE LA INDIA (EXIM BANK), PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE
CONVERSIÓN DE SUBESTACIÓN LA ESPERANZA Y LÍNEA DE TRANSMISIÓN
ESPERANZA- LA GATEADA A 138 KV"
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Línea de Crédito, por un
monto de Treinta y un millones doscientos noventa mil dólares de
los Estados Unidos de América (US$ 31,290,000.00), suscrito el 8 y
19 de septiembre de 2016 por el Gobierno de la República de
Nicaragua, representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y el Banco de Exportación e Importación de la India (Exim
Bank), para financiar el "Proyecto de Conversión de Subestación La
Esperanza y Línea de Transmisión Esperanza - La Gateada a 138 kv",
que ejecutará la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica
(ENATREL).
Articulo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por
tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los siete días del mes
febrero de del año dos mil diecisiete. Dr. Gustavo Eduardo
Porras Cortes, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic.
Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
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