Decreto De Aprobación Del Convenio De Financiamiento No. 5028-Ni Y Donación No. H7440-Ni, Suscrito El 19 De Diciembre Del Año 2011 Entre La República De Nicaragua, Representada Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp) Y La International Development Association (Ida) Del Banco Mundial (Bm)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO No. 5028-NI Y DONACIÓN No. H7440-NI,
SUSCRITO EL 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 ENTRE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO (MHCP) Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) DEL
BANCO MUNDIAL (BM)
DECRETO A. N. No. 6750, Aprobado el 23 de Febrero de
2012
Publicado en la Gaceta No. 38 del 27 de Febrero de 2012
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
235-2011, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 21 de
diciembre del año 2011, el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 19 de diciembre del año 2011 el Convenio de
Financiamiento No. 5028-NI y Donación No. H7440-NI con la
International Development Association (IDA) del Banco Mundial.
II
Que mediante el referido Convenio de Financiamiento No. 5028-NI y
Donación No. H7440-NI, la International Development Association
(IDA) le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un
financiamiento por un monto de DEG's22,500,000.00 (Veintidós
Millones Quinientos Mil Derechos Especiales de Giros),
correspondiente aproximadamente a US$35,000,000.00 (Treinta y Cinco
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), délos cuales
DEG's18,600,000.00 (Dieciocho Millones Seiscientos Mil Derechos
Especiales de Giros) son en carácter de donación equivalente
aproximadamente a US$29,000,000.00 (Veintinueve Millones de Dólares
de los Estados Unidos de América) y DEG's3,900,000.00 (Tres
Millones Novecientos Mil Derechos Especiales de Giros) son en
calidad de préstamo equivalente aproximadamente a US$6,000,000.00
(Seis Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), para
financiar el Proyecto de Mejoramiento de Infraestructura Vial
Rural que ejecutará el Ministerio de Transporte e Infraestructura
(MTI).
III
Que estas actividades están enfocadas en contribuir a: (a) mejorar
el acceso de las poblaciones rurales beneficiarias a los mercados y
servicios públicos/ administrativos, mediante la ejecución de
mejoras en la infraestructura vial del país y el fortalecimiento de
la capacidad institucional del Ministerio de Transporte e
Infraestructura, para la gestión de los caminos y de los riesgos de
desastres; y (b) apoyar la generación de oportunidades de empleo de
corto plazo para la población rural que vive en el área donde se
desarrollará el proyecto.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE
FINANCIAMIENTO No. 5028-NI Y DONACIÓN No. H7440-NI, SUSCRITO EL 19
DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP)
Y LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) DEL BANCO MUNDIAL
(BM)
Artículo 1 Se aprueba el Convenio de Financiamiento No.
5028-NI y Donación No. H7440-NI, suscrito el 19 de diciembre del
2011, por la República de Nicaragua ,representada por el Ministro
de Hacienda y Crédito Público (MHCP), y la International
Development Association (IDA), por un monto de DEG´s22,500,000.00
(Veintidós Millones Quinientos Mil Derechos Especiales de Giros),
correspondiente aproximadamente a US$35,000,000.00 (Treinta y Cinco
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), de los
cuales DEG´s18,600,000.00 (Dieciocho Millones Seiscientos Mil
Derechos Especiales de Giros) son en carácter de donación,
equivalente aproximadamente a US$29,000,000.00 (Veintinueve
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América) y
DEG´s3,900,000.00 (Tres Millones Novecientos Mil Derechos
Especiales de Giro) son en carácter de préstamo, equivalente
aproximadamente a US$6,000,000.00 (Seis Millones de Dólares de los
Estados Unidos de América), para financiar el Proyecto de
Mejoramiento de Infraestructura Vial Rural, el cual será ejecutado
por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintitrés
días del mes de febrero del año dos mil doce.
Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea
Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la
Asamblea Nacional.
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