Decreto De Aprobación Del Convenio De Financiamiento N" 6015-Ni, Suscrito El 2 De Mayo De 2017, Entre La República De Nicaragua Y El Banco Mundial A Través De La International Development Association (Ida) Para El Proyecto Alianza Para La Calidad Educativa
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO N" 6015-NI, SUSCRITO EL 2 DE MAYO DE
2017, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO MUNDIAL A TRAVÉS
DE LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION (IDA) PARA EL PROYECTO
ALIANZA PARA LA CALIDAD EDUCATIVA
DECRETO A. N. N". 8279, Aprobado el 21 de Junio de
2017
Publicado en La Gaceta No. 120 del 27 de Junio 2017
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N°
34-2017 publicado en La Gaceta. Diario Oficial N° 69 del 7 de abril
de 2017, el Ministro de Hacienda y Crédito Público en nombre y
representación de la República de Nicaragua, suscribió el 2 de mayo
de 2017 el Convenio de Financiamiento N° 6015-NJ con el Banco
Mundial a través de la International Development Association
(IDA).
II
Que mediante el referido Convenio de Financiamiento N° 6015-NI, con
el Banco Mundial a través de la lnternational Development
Association (IDA) le otorga a la República de Nicaragua, un
financiamiento por un monto de Cincuenta y Cinco Millones de
Dólares en moneda de los Estados Unidos de América (US $
55,000,000.00), en carácter de préstamo, para el Proyecto Alianza para la Calidad Educativa, a ser
ejecutado por el Ministerio de Educación (MINED). Las condiciones
financieras otorgadas son las siguientes: plazo: 25 años (incluye
período de gracia); período de gracia: 5 años; cargo de interés:
1.25% anual y cargo por servicios: 0.75% más el ajuste básico al
cargo por servicio sobre el saldo no desembolsados pagadera
anualmente y un cargo por compromiso: (1/2 del 1 %), equivalente al
0.50% sobre el saldo no retirado. El préstamo será amortizado en
dólares, mediante 40 cuotas semestrales, consecutivas, pagaderas el
15 de abril y el 15 de octubre de cada año.
III
Que el préstamo contratado con el Banco Mundial a través de la
lnternational Development Association (IDA) tiene una
concesionalidad al momento de la suscripción de 29.83%
aproximadamente. Está en armonía con los Lineamientos de la
Política Anual de Endeudamiento Público 2017 Decreto N° 13-2016
publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 146 del 5 de agosto de
2016; con los objetivos planteados en la Estrategia Nacional de
Deuda Pública 2016-2019 Decreto N° 06-2016 publicado en La Gaceta,
Diario Oficial N° 48 del 9 de marzo de 2016 y con lo establecido en
la Ley N° 477, Ley General de Deuda Publica, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial N°236 del 12 de diciembre de 2003 y el
numeral 3 del Artículo 50 de su Reglamento Decreto N° 2-2004,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, N° 21 del 30 de enero de
2004.
POR TANTO
En uso de sus Facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N". 8279
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE FINANCIAMIENTO N" 6015-NI,
SUSCRITO EL 2 DE MAYO DE 2017, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
BANCO MUNDIAL A TRAVÉS DE LA INTERNATIONAL DEVELOPMENT ASSOCIATION
(IDA) PARA EL PROYECTO ALIANZA PARA LA CALIDAD EDUCATIVA
Artículo 1 A pruébese el Convenio de Financiamiento N°
6015-NI, suscrito el 2 de mayo de 2017, entre la República de
Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito
Público y el Banco Mundial a través de la International Development
Association (IDA), por un monto de Cincuenta y Cinco Millones de
Dólares en moneda de los Estados Unidos de América (US $
55,000,000.00), para el Proyecto Alianza para la Calidad Educativa.
Ejecución a cargo del Ministerio de Educación (MINED).
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la
fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiún días del mes
de junio del año dos mil diecisiete. Dr. Gustavo Eduardo Porras
Cortes, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria
Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
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