Decreto De Aprobación Del Convenio De Credito, Suscrito El 10 De Septiembre Del Año 2015 Por La República De Nicaragua, Representada Por El Ministerio De Hacienda Y Credito Público (Mhcp) Y El Raiffeisen Bank International Ag.
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 10 DE
SEPTIEMBRE DE 2015 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL RAIFFEISEN
BANK INTERNATIONAL AG
DECRETO A. N. N°. 7907, Aprobado el 2 de Diciembre de
2015
Publicado en La Gaceta No. 235 del 11 de Diciembre de 2015
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 130-2015 del 24 de agosto de 2015, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 166 del 2 de septiembre de
2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y
representación de la República de Nicaragua, suscribió el 10 de
septiembre de 2015 un Convenio de Crédito con el Raiffeisen Bank
International AG, por un monto de Cinco Millones Quinientos Mil
Euros (¬ 5,500,000.00) equivalentes a Seis Millones Cincuenta Mil
Dólares Netos de los Estados Unidos de América (US$ 6,050,000.00)
aproximadamente, para financiar el Proyecto Remodelación y
Equipamiento de las Áreas de Emergencia y Radiología, en el
Hospital Bertha Calderón Roque en Managua, el cual será ejecutado
por el Ministerio de Salud.
II
Que mediante el Convenio de Crédito anteriormente relacionado el
Raiffeisen Bank International AG, le otorga a la República de
Nicaragua un préstamo por un monto de Cinco Millones Quinientos Mil
Euros (¬ 5,500,000.00) equivalentes a Seis Millones Cincuenta Mil
Dólares Netos de los Estados Unidos de América (US$ 6,050,000.00)
aproximadamente, para financiar el proyecto Remodelación y
Equipamiento de las Áreas de Emergencia y Radiología, en el
Hospital Bertha Calderón Roque en Managua, a 19 años de plazo, 7
años de gracia, Tasa de interés del 0.0%, comisión de compromiso
del 0.50%, comisión de gestión del 0.75% fija, margen de OeKB 1.1%
pagadera trimestralmente anticipada y tasa por mora del 2%; a 25
cuotas semestrales, iguales y consecutivas, la primera de las
cuales será exigible a los 84 meses después de la fecha del
certificado provisional de aceptación (PAC) para el Proyecto y a
los 93 meses después de entrada en vigor del convenio.
III
Que las condiciones financieras del convenio permiten un nivel de
concesionalidad del 45.61% aproximadamente, este porcentaje nos
demuestra que este crédito se considera favorable y permite
mantener la sostenibilidad de la deuda pública, asimismo, está en
armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento
Público 2015 Decreto No. 35-2014, publicado en La
Gaceta Diario Oficial No. 131 del 15 de julio de 2014, y
su Reforma Decreto No. 24-2015, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 142 del 30 de julio de 2015; los
objetivos de la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013-2015,
Decreto No. 45-2012, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial No. 241 del 7 de diciembre de 2012 y lo
establecido en la Ley No. 477 Ley General de Deuda
Publica, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236
del 12 de diciembre de 2003, numeral 3 del artículo 50 de su
Reglamento Decreto No. 2-2004, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 21 del 30 de enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7907
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 10 DE
SEPTIEMBRE DE 2015 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL RAIFFEISEN
BANK INTERNATIONAL AG
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Crédito, suscrito el 10
de septiembre de 2015, entre la República de Nicaragua,
representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP)
y el Raiffeisen International Bank AG, por un monto de Cinco
Millones Quinientos Mil Euros (¬ 5,500,000.00) equivalentes a Seis
Millones Cincuenta Mil Dólares Netos de los Estados Unidos de
América (US$ 6,050,000.00) aproximadamente, para financiar el
Proyecto Remodelación y Equipamiento de las Áreas de Emergencia y
Radiología, en el Hospital Bertha Calderón Roque en Managua, el
cual será ejecutado por el Ministerio de Salud.
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los dos días del mes de
diciembre del año dos mil quince. Lic. Iris Montenegro
Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic.
Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
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