Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. Nic-5, Firmado El 28 De Junio De 2010, Por La República De Nicaragua Y El Banco De Exportación -Importación De Corea (Eximbank)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. NIC-5, FIRMADO EL 28 DE JUNIO DE 2010, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN -IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK) DECRETO A. N. No. 6163, Aprobado el 7 de septiembre del 2010 Publicado en La Gaceta No. 185 del 29 de septiembre del 2010 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento a lo dispuestos en el Acuerdo Presidencial No.127-2010 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 119 del 24 de junio de 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 28 de junio de 2010 el Convenio de Préstamo No. NIC-5 con el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental para la administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Económico. II Que mediante el citado convenio del EXIMBANK, le otorga el Gobierno de la República de Nicaragua un préstamo por un monto en Won Coreano que no exceda el equivalente a Veintitrés Millones veinte Mil Dólares de los Estados unidos de América US$23,020,000.00 para financiar la implementación de la Fase II del Proyecto Creación de Capacidades Técnicas Metodológicas en Centros de Formación Profesional, cuya ejecución estará a cargo del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC). III Que la ejecución de la Fase II del proyecto permitirá mejorar y ampliar la oferta de carreras técnicas en Nicaragua y modernizar los contenidos curriculares, la infraestructura de los centros y el equipamiento de laboratorios para satisfacer la demanda de personal técnico en la industria y brindar una alternativa de formación a los jóvenes para la inserción en el mercado laboral, como mano de obra calificada. IV Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el EXIMBANK son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2.010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 134 del 17 de julio de 2009. POR TANTO En uso de sus facultades: HA DICTADO El siguiente; DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. NIC-5 FIRMADO EL 28 DE JUNIO DE 2010, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK) Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No. NIC-5, por un monto de Won Coreano que no exceda el equivalente a Veintitrés Millones Veinte Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$23,020,000.00), firmado el 28 de junio de 2010, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y por el Banco de Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental para la administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo económico (EDCF por sus siglas en inglés), para financiar el Proyecto Creación de Capacidades Técnicas Metodológicas en Centros de Formación Profesional, Fase II, cuya ejecución estará a cargo del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC). Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez M Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional. -