Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. Nic-5, Firmado El 28 De Junio De 2010, Por La República De Nicaragua Y El Banco De Exportación -Importación De Corea (Eximbank)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. NIC-5, FIRMADO EL 28 DE
JUNIO DE 2010, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO DE
EXPORTACIÓN -IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK)
DECRETO A. N. No. 6163,
Aprobado el 7 de septiembre del 2010
Publicado en La Gaceta No. 185 del 29 de septiembre del 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuestos en el Acuerdo Presidencial
No.127-2010 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 119 del 24
de junio de 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 28 de junio de 2010 el Convenio de Préstamo
No. NIC-5 con el Banco de Exportación-Importación de Corea
(EXIMBANK), Agencia Gubernamental para la administración del Fondo
de Cooperación para el Desarrollo Económico.
II
Que mediante el citado convenio del EXIMBANK, le otorga el Gobierno
de la República de Nicaragua un préstamo por un monto en Won
Coreano que no exceda el equivalente a Veintitrés Millones veinte
Mil Dólares de los Estados unidos de América US$23,020,000.00 para
financiar la implementación de la Fase II del Proyecto Creación de
Capacidades Técnicas Metodológicas en Centros de Formación
Profesional, cuya ejecución estará a cargo del Instituto Nacional
Tecnológico (INATEC).
III
Que la ejecución de la Fase II del proyecto permitirá mejorar y
ampliar la oferta de carreras técnicas en Nicaragua y modernizar
los contenidos curriculares, la infraestructura de los centros y el
equipamiento de laboratorios para satisfacer la demanda de personal
técnico en la industria y brindar una alternativa de formación a
los jóvenes para la inserción en el mercado laboral, como mano de
obra calificada.
IV
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el
EXIMBANK son concesionales y están en armonía con los lineamientos
de la Política de Endeudamiento Público 2.010, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 134 del 17 de julio de 2009.
POR TANTO
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. NIC-5 FIRMADO EL 28 DE
JUNIO DE 2010, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
BANCO DE EXPORTACIÓN IMPORTACIÓN DE COREA (EXIMBANK)
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No. NIC-5, por
un monto de Won Coreano que no exceda el equivalente a Veintitrés
Millones Veinte Mil Dólares de los Estados Unidos de América
(US$23,020,000.00), firmado el 28 de junio de 2010, por el Gobierno
de la República de Nicaragua, representado por el Ministro de
Hacienda y Crédito Público y por el Banco de
Exportación-Importación de Corea (EXIMBANK), Agencia Gubernamental
para la administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
económico (EDCF por sus siglas en inglés), para financiar el
Proyecto Creación de Capacidades Técnicas Metodológicas en Centros
de Formación Profesional, Fase II, cuya ejecución estará a cargo
del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
siete días del mes de septiembre del año dos mil diez. Ing. René
Núñez Téllez M Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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