Decreto De Aprobación Del Contrato De Prestamo No. 3611/bl-Ni, Suscrito El 15 De Enero Del Año 2016 Por La República De Nicaragua, Representada Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp) Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid), Para Financiar El Proyecto De Ampliación Y Refuerzos En El Sistema De Transmisión De Electricidad De Nicaragua
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 3611/BL-NI, SUSCRITO EL 15 DE ENERO DEL
AÑO 2016 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE
AMPLIACIÓN Y REFUERZOS EN EL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ELECTRICIDAD
DE NICARAGUA
Decreto A.N. No. 7945, Aprobado el
16 de Febrero de 2016
Publicado en La Gaceta No. 35 del 19 de Febrero de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 207-2015 del 17 de noviembre de 2015, publicado en
La Gaceta, Diario Oficial No. 228 del 1 de diciembre de
2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y
representación de la República de Nicaragua, suscribió el 15 de
enero de 2016 con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el
Contrato de Préstamo No. 3611/BL- NI por un monto de
Cuarenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$
40,000,000.00) para financiar el Proyecto Ampliación y
Refuerzos en el Sistema de Transmisión de Electricidad de
Nicaragua, el cual será ejecutado por la Empresa Nacional de
Transmisión Eléctrica.
II
Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorga a la República
de Nicaragua un préstamo por la suma de Cuarenta Millones de
Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 40,000,000.00), para
financiar el Proyecto Ampliación y Refuerzos en el Sistema de
Transmisión de Electricidad de Nicaragua, integrado por dos
fuentes: a) Financiamiento del Capital Ordinario (CO):
Veinticuatro Millones de Dólares de los Estados Unidos de América
(US$ 24,000,000.00) a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis
(6) años de gracia, con una tasa de interés basada en LIBOR para
cada trimestre, más el margen de costo calculado del Capital
Ordinario vigente en la fecha de determinación para cada trimestre
expresado en términos de porcentaje anual; una Comisión de Crédito
a un porcentaje establecido por el Banco periódicamente y en ningún
caso, podrá exceder del 0.75% por año. b) Financiamiento del
Fondo para Operaciones Especiales (FOE): Dieciséis Millones de
Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 16,000,000.00) a
cuarenta (40) años de plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia,
se amortizará mediante un único pago que deberá efectuarse a los
cuarenta años (40) contados a partir de la fecha de suscripción de
este contrato, se pagará una Tasa de Interés del 0.25% anual.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) tienen una concesionalidad de
61.90% aproximadamente y están en armonía con los Lineamientos de
la Política Anual de Endeudamiento Público 2016, Decreto
No. 25-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 142 del 30 de julio de 2015 y lo establecido en la
Ley No. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en
La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre de
2003 y el numeral 3 del artículo 50 de su Reglamento, Decreto
No. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 21 del 30 de enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N.
N°. 7945
DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 3611/BL-NI,
SUSCRITO EL 15 DE ENERO DE 2016, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP)
Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL
PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y REFUERZOS EN EL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE
ELECTRICIDAD DE NICARAGUA
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No.
3611/BL-NI suscrito el 15 de enero de 2016, entre la República de
Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito
Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por
un monto de Cuarenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de
América (US $ 40,000,000.00) para financiar el Proyecto
Ampliación y Refuerzos en el Sistema de Transmisión de
Electricidad de Nicaragua que será ejecutado por la Empresa
Nacional de Transmisión Eléctrica.
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por
tanto, Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los dieciséis días del mes
de febrero del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez
Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional, Lic. Alba
Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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