Decreto De Aprobación Del Contrato De Prestamo No. 2163, Suscrito El 12 De Enero De 2016 Entre La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integracion Economica (Bcie), Para Financiar Parcialmente La Ejecución Del "programa De Infraestructura Y Acompañamiento Social En La Costa Caribe Norte
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2163, SUSCRITO EL 12 DE ENERO DE 2016
ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE
INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA
EJECUCIÓN DEL "PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA Y ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL
EN LA COSTA CARIBE NORTE
Decreto A.N. No. 7944, Aprobado el
16 de Febrero del 2016
Publicado en La Gaceta No. 35 del 19 de Febrero de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial Nº.
149-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 17 de
diciembre de 2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público,
actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 12 de enero de 2016, el Contrato de
Préstamo N°. 2163 con el Banco Centroamericano de Integración
Económico (BCIE).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo N°. 2163 el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE), otorgó a la
República de Nicaragua un préstamo por un monto de Cinco Millones
Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Cinco Dólares con Once
Centavos de Dólar de los Estados Unidos de América (US$
5,069,155.11), a quince (15) años de plazo, incluyendo tres (3)
años de gracia, con una tasa de interés Libor a seis (6) meses
revisable y ajustable semestralmente, más un margen establecido por
el BCIE que inicialmente será de trescientos cincuenta (350) puntos
básicos, revisable y ajustable trimestralmente, durante la vigencia
del préstamo; una Comisión de Compromiso de un medio
(1/2) del uno por ciento (1%) anual sobre saldos no
desembolsados pagadera a partir de la fecha de entrada en vigencia
del contrato y una Comisión de Seguimiento y Administración de un
cuarto (1/4) del uno por ciento (1%) flat sobre el monto
del préstamo, pagadera de una sola vez previo al primer desembolso,
para financiar la ejecución del Programa de Infraestructura
y Acompañamiento Social en la Costa Caribe Norte, cuyo organismo
ejecutor será el Fondo de Inversión Social de Emergencia.
III
Que la ejecución del Programa de Infraestructura y Acompañamiento
Social en la Costa Caribe Norte, contribuirá a la mejora de las
condiciones de vida y seguridad de las familias y comunidades del
Municipio de Puerto Cabezas en la Región Autónoma Costa Caribe
Norte, que fueron afectadas por el Huracán Félix mediante la
provisión de infraestructura social y comunitaria básica que además
sirva como albergue ante emergencias.
IV
Que las condiciones financieras de los recursos del BCIE, permiten
cumplir con los requerimientos de endeudamiento público de la
República de Nicaragua y al momento de la firma alcanzó una
concesionalidad del 5.04% aproximadamente y está en armonía con los
Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2016
Decreto N°. 25-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 142
del 30 de julio de 2015 y lo establecido en la Ley N°. 477, Ley
General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial
N°. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del Arto. 50 de
su Reglamento Decreto N°. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario
Oficial N°. 21 del 30 de enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7944
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 2163, SUSCRITO
EL 12 DE ENERO DE 2016, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO
CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR
PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA Y
ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL EN LA COSTA CARIBE NORTE
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo Nº. 2163,
suscrito el 12 de enero de 2016, entre la República de Nicaragua,
representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el
Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto
de Cinco Millones Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Cinco
Dólares con Once Centavos de Dólar de los Estados Unidos de América
(US $ 5,069,155.11) para financiar parcialmente la ejecución del
Programa de Infraestructura y Acompañamiento Social en la Costa
Caribe Norte, cuyo organismo ejecutor será el Fondo de Inversión
Social de Emergencia.
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por
tanto, Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los dieciséis días del mes
de febrero del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez
Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional, Lic. Alba
Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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