Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 2104, Suscrito El 03 De Abril De 2013, Por El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integración Económica (Bcie), Para Financiar Parcialmente La Ejecución Del “Programa De Fomento A La Productividad Agropecuaria Sostenible” (Pfpas)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2104, SUSCRITO EL 03 DE ABRIL DE 2013, POR
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO
DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD AGROPECUARIA
SOSTENIBLE (PFPAS)
DECRETO A. N. N°. 7194, Aprobado el 11 de junio de
2013
Publicado en La Gaceta No. 109 del 13 de Junio del 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
44-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 43 del 6 de
marzo del 2013, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando
en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 03 de abril de 2013, el Contrato de
Préstamo No. 2104 con el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2104 el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorgó a la
República de Nicaragua un préstamo por un monto de Diez Millones de
Dólares (US$ 10,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de
América, a quince (15) años de plazo, incluyendo tres (3) años de
gracia, con una tasa de interés ordinaria del cinco punto noventa
por ciento (5.90%) anual sobre saldos, ajustable y revisable
trimestralmente durante la vigencia del Préstamo, Comisión de
Seguimiento y Administración de un cuarto del uno por ciento (1/4
del 1%) sobre el monto del préstamo, pagadera de una sola vez a más
tardar el momento del primer desembolso, para financiar
parcialmente la ejecución del Programa de Fomento a la
Productividad Agropecuaria Sostenible (PFPAS), a cargo del
Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) y el Instituto
Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria (INTA).
III
Que la implementación del Programa de Fomento a la Productividad
Agropecuaria Sostenible (PFPAS) permitirá incrementar la
productividad agropecuaria sostenible, fortaleciendo su relación
con las cadenas productivas, de tal manera que se produzca un
aumento de los ingresos de las familias rurales.
IV
Que la concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la
concesionalidad de los fondos provenientes del Banco Interamericano
de Desarrollo (BID), permite una tasa de concesionalidad ponderada
en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento
Público 2013, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 138 del
24 de julio de 2012.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7194
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2104,
SUSCRITO EL 03 DE ABRIL DE 2013, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
(BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE
FOMENTO A LA PRODUCTIVIDAD AGROPECUARIA SOSTENIBLE
(PFPAS)
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2104, por
un monto de Diez Millones de Dólares (US$ 10,000,000.00), moneda de
los Estados Unidos de América, suscrito el 03 de abril de 2013, por
el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano
de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente la
ejecución del Programa de Fomento a la Productividad Agropecuaria
Sostenible (PFPAS), el que será ejecutado por el Ministerio
Agropecuario y Forestal (MAGFOR) y el Instituto Nicaragüense de
Tecnología Agropecuaria (INTA).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigente a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los once días del mes de
junio del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la
Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria
de la Asamblea Nacional.
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