Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 1796/sf-Ni Por Cuarenta Y Nueve Millones Quinientos Mil Dólares De Los Estados Unidos De América (Us$ 49.500.000.00), Firmado El 18 De Diciembre De 2006 Por La República De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid), Para Financiar El Programa Vial De Integración Acoyapa – San Carlos – Frontera Costa Rica Del Plan Puebla Panamá
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1796/SF-NI POR CUARENTA Y
NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA (US$ 49.500.000.00), FIRMADO EL 18 DE DICIEMBRE DE 2006 POR
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), PARA FINANCIAR EL PROGRAMA VIAL DE INTEGRACIÓN ACOYAPA SAN
CARLOS FRONTERA COSTA RICA DEL PLAN PUEBLA PANAMÁ
DECRETO A.N. No. 5108, Aprobado el 22 de Marzo del
2007
Publicado en La Gaceta No. 67 del 11 de Abril del 2007
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
505-2006 del 9 de noviembre del 2006, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, No. 223 del 16 de noviembre de 2006, el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la
República de Nicaragua, suscrito el 18 de diciembre del 2006 el
Contrato de Préstamo No. 1796/SF-NI con el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID).
II
Que mediante el citado contrato, el BID le otorga a Nicaragua un
préstamo por Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Mil Dólares (US$
49.500.000.00) a un plazo de 40 años, incluyendo diez (10) años de
gracia, con una tasa de interés del uno por ciento (1%) por año
hasta diez (10) años desde esa fecha en adelante, que se devengarán
desde las fechas de los respectivos desembolsos, con el propósito
de financiar el Programa Vial de Integración Acoyapa San Carlos
Frontera Costa Rica del Plan Puebla Panamá.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por el BID
son concesionales y están en armonía con los Lineamientos de la
Política de Endeudamiento Público 2006, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial, No. 153 del 9 de agosto de 2005.
IV
Que la demanda de recursos locales para la implementación del
proyecto a financiar, está dentro de los parámetros establecidos en
la citada política de endeudamiento en materia de asignación de
fondos de contrapartida para proyectos financiados con recursos
externos.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1796/SF-NI
POR CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 49.500.000.00), FIRMADO EL 18 DE DICIEMBRE
DE 2006 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID), PARA FINANCIAR EL PROGRAMA VIAL DE INTEGRACIÓN
ACOYAPA SAN CARLOS FRONTERA COSTA RICA DEL PLAN PUEBLA
PANAMÁ
Artículo 1.- Se aprueba el Contrato de Préstamo
No.1796/SF-NI, suscrito el 18 de diciembre de 2006, por la
República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
por un monto de Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Mil Dólares de
los Estados Unidos de América (US$ 49.500.000.00), para financiar
el Programa Vial de Integración Acoyapa San Carlos Frontera
Costa Rica del Plan Puebla Panamá.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
veintidós días del mes de marzo del año dos mil siete. Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
Por Tanto: Publíquese. Managua, treinta de marzo del dos mil siete.
DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de
Nicaragua.
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