Decreto De Aprobación Del Contrato De Préstamo N°. 2091, Suscrito El 01 De Noviembre Del 2012, Por El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integración Económica (Bcie), Para Financiar Parcialmente La Ejecución Del“V Proyecto De Rehabilitación Y Mantenimiento De Carreteras”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2091, SUSCRITO EL 01 DE NOVIEMBRE DEL 2012, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DELV PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS DECRETO A. N. N°. 7064, Aprobado el 11 de Diciembre de 2012 Publicado en La Gaceta No. 239 del 13 de Diciembre de 2012 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 176-2012 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, N°. 92 del 09 de octubre del 2012, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 01 de noviembre del año 2012, el Contrato de Préstamo N°. 2091 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). II Que mediante el Contrato de Préstamo N°. 2091 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Cuarenta y Cinco Millones de Dólares (US$45,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, a quince (15) años de plazo, incluyendo tres (3) años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del cinco punto noventa por ciento (5.90%) anual sobre saldos, ajustable y revisable trimestralmente durante la vigencia del Préstamo, Comisión de Compromiso de un medio (1/2) del uno por ciento (1%) anual, pagadera a partir de la aprobación legislativa del contrato y hasta que se haga efectivo el último desembolso y una Comisión de Seguimiento y Administración de un cuarto del uno por ciento (1/4% del 1%) sobre el monto del préstamo, pagadera de una sola vez a más tardar al momento del primer desembolso, para financiar parcialmente la ejecución del V Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras, a cargo del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). III Que la ejecución del Proyecto en los Departamentos de Jinotega, Chontales, Nueva Segovia, Madriz, Boaco y Matagalpa, permitirá ahorro en los costos de operación vehicular y del tiempo de viaje de los usuarios, además del ahorro en costos de mantenimiento por las mejoras de los caminos y carreteras. IV Que la concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la concesionalidad de los fondos provenientes del Banco Mundial (BM), permite una tasa de concesionalidad ponderada en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2012, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 134 del 20 de julio de 2011. POR TANTO En uso de sus facultades, HA DICTADO El siguiente: DECRETO A. N. N°. 7064 DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2091, SUSCRITO EL 01 DE NOVIEMBRE DEL 2012, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DELV PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo N°. 2091, por un monto de Cuarenta y Cinco Millones de Dólares (US$ 45,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, suscrito el 01 de noviembre de 2012, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para financiar parcialmente la ejecución del V Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras. Ejecución a cargo del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los once días del mes de diciembre del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. -