Decreto De Aprobación Del Contrato De Financiación No. Fi 26.001/ni, Suscrito El 31 De Enero Del Año 2011 Entre La República De Nicaragua, Representada Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp) Y El Banco Europeo De Inversiones (Bei)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE FINANCIACIÓN No. FI 26.001/NI, SUSCRITO EL 31 DE ENERO
DEL AÑO 2011 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO EUROPEO
DE INVERSIONES (BEI)
DECRETO A. N. No. 6373, Aprobado el 17 de Marzo del
2011
Publicado en La Gaceta No. 74 del 25 de Abril del 2011
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
25-2011 del 20 de enero del año 2011, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 16 del 26 de enero del año 2011, el Ministro de
Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación del
Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 31 de enero del
año 2011, el Contrato de Financiación No. FI 26.001/NI con el Banco
Europeo de Inversiones (BEI).
II
Que mediante el referido Contrato de Financiación No. FI 26.001/NI,
el Banco Europeo de Inversiones (BEI), le otorga al Gobierno de la
República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de Setenta
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América
(US$70,000,000.00), para financiar el "Proyecto Refuerzos al
Sistema de Transmisión en las Zonas Rurales" que forma parte
del "Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía
Renovable (PNESER)", el que será rectorado por el Ministerio de
Energía y Minas (MEM) y ejecutado por la Empresa Nacional de
Transmisión Eléctrica (ENATREL).
III
Que la combinación de las fuentes de financiamiento entre otros, el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Europeo de
Inversiones (BEI), el Fondo de la OPEP para el Desarrollo
Internacional (OFID), el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE), el Banco de Exportación-Importación de Korea
(KEXIM), el Banco Mundial (BM), las donaciones de la Unión Europea
a través de la Facilidad de Inversión para América Latina (LAIF) y
el Fondo Nórdico para el Desarrollo (FND), se encuentra en armonía
y dentro de los parámetros establecidos para la asignación de los
fondos para proyectos financiados con recursos externos,
permitiendo alcanzar un nivel de concesionalidad ponderada arriba
del 35%, establecido en los Lineamientos de la Política de
Endeudamiento Público 2011, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 133 del 14 de julio del año 2010 y la Ley No. 477, "Ley General
de Deuda Pública" y su Reglamento en el Art. 48, numeral 2.
IV
Que estas actividades están enfocadas a desarrollar los refuerzos
de transmisión para adecuar los circuitos de distribución
existentes y desarrollar los nuevos circuitos de las nuevas
subestaciones; incrementar el índice de electrificación impulsando
un programa orientado hacia el sector rural en el que se incluyan
ampliaciones y renovaciones de líneas de transmisión y
subestaciones; el que tiene por objetivo garantizar el suministro
de energía confiable y segura a los usuarios que actualmente
cuentan con el servicio de energía eléctrica y a los nuevos
usuarios de las comunidades rurales que serán electrificadas
mediante el Programa Nacional de Electrificación Sostenible y
Energía Renovable (PNESER), a través del financiamiento de las
subestaciones y líneas requeridas para la expansión de la
cobertura.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIACIÓN No. FI
26.001/NI, SUSCRITO EL 31 DE ENERO DEL AÑO 2011 ENTRE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO
PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES
(BEI)
Artículo 1 Se aprueba el Contrato de Financiación No. FI
26.001/NI, suscrito el 31 de enero del año 2011 por la República de
Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito
Público (MHCP) Alberto Guevara Obregón, y el Banco Europeo de
Inversiones (BEI), por un monto de Setenta Millones de Dólares de
los Estados Unidos de América (US$70,000,000.00), para financiar el
"Proyecto Refuerzos al Sistema de Transmisión en las Zonas Rurales"
que forma parte del "Programa Nacional de Electrificación
Sostenible y Energía Renovable (PNESER)", el que será ejecutado por
la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
diecisiete días del mes de marzo del año dos mil once. Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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