Decreto De Aprobación Del Contrato De Financiación Fi No. 85294, Suscrito El 28 Y 29 De Diciembre De 2015 En Managua Y Luxemburgo Respectivamente, Entre La República De Nicaragua, Representada Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público (Mhcp) Y El Banco Europeo De Inversiones (Bei)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Energética
Rango: Decretos Legislativos
-
DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE FINANCIACIÓN FI No. 85294, SUSCRITO EL 28 Y 29 DE
DICIEMBRE DE 2015 EN MANAGUA Y LUXEMBURGO RESPECTIVAMENTE, ENTRE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES
(BEI)
DECRETO A. N. N°. 7946, Aprobado el 1 de Marzo de 2016
Publicado en La Gaceta No. 46 del 7 de Marzo de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 232-2015 del 18 de diciembre de 2015, publicado en
La Gaceta, Diario Oficial No. 244 del 23 de diciembre de
2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y
representación de la República de Nicaragua suscribió el 28 y 29 de
diciembre de 2015 en Managua y Luxemburgo respectivamente, el
Contrato de Financiación FI No. 85294 con el Banco
Europeo de Inversiones (BEI).
II
Que mediante el Contrato de Financiación FI No. 85294 el
Banco Europeo de Inversiones (BEI), otorga al Gobierno de la
República de Nicaragua un préstamo por Ciento Sesenta Millones de
Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 160,000,000.00), para
financiar el Proyecto de Construcción de Líneas de Transmisión
para conectar la Planta Hidroeléctrica Tumarín Fase II y el
Proyecto de Ampliación de la Capacidad Operativa del Centro
Nacional de Despacho de Carga en el Municipio de Managua,
ejecución a cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica
(ENATREL). Las condiciones financieras otorgadas son las
siguientes: 27 años de plazo, incluyendo 3 años de gracia, con una
tasa de interés variable la cual se determinará en el momento de
cada uno de los desembolsos basado en Tasa Libor a seis meses más
el margen establecido por el Banco en esa fecha de solicitud del
desembolso. El préstamo será amortizado en dólares estadounidenses,
mediante cuotas semestrales consecutivas pagaderas el 15 de enero y
el 15 de julio de cada año.
III
Las condiciones financieras del Contrato expone un nivel de
concesionalidad de 37.5% calculado al momento de la firma; lo cual
está en armonía con los Lineamientos de la Política Anual de
Endeudamiento Público 2015 y su reforma, Decreto No.
35-2014, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 131
del 15 de julio de 2014, con la Ley No. 477, Ley
General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial
No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del
artículo 50 de su Reglamento, Decreto No. 2-2004,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 30 de
enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N.
N°. 7946
DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE FINANCIACIÓN FI No. 85294,
SUSCRITO EL 28 Y 29 DE DICIEMBRE DE 2015 EN MANAGUA Y LUXEMBURGO
RESPECTIVAMENTE, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO
EUROPEO DE INVERSIONES (BEI)
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Financiación FI
No. 85294, suscrito el 28 y 29 de diciembre de 2015 en
Managua y Luxemburgo respectivamente, representada por el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Europeo
de Inversiones (BEI), por un monto de Ciento Sesenta Millones de
Dólares de los Estados Unidos de América (US$160,000,000.00) para
financiar el Proyecto de Construcción de Líneas de Transmisión
para conectar la Planta Hidroeléctrica Tumarín Fase II y el
Proyecto de Ampliación de la Capacidad Operativa del Centro
Nacional de Despacho de Carga en el Municipio de Managua.
Ejecución a cargo de la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica
(ENATREL).
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por
tanto, Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, el primero del mes de marzo
del año dos mil dieciséis. Lic. Iris Montenegro Blandón,
Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba
Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
-