Decreto De Aprobacion Del Contrato De Ampliacion Celebrado En Relacion Con El Contrato De Prestamo Y De Ejecucion Del Proyecto Del 24.04.2012, Suscrito El 30 De Diciembre De 2015, Por El Gobierno De La Republica De Nicaragua Y El Kreditanstalt Für Wiederaufbau, Frankfurt Am Main, De La Repubica Federal De Alemania.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE AMPLIACIÓN CELEBRADO EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE PRÉSTAMO Y DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DEL 24.04.2012, SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2015, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU, FRANKFURT AM MAIN, DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA DECRETO A. N. N°. 7948, Aprobado el 3 de Marzo de 2016 Publicado en La Gaceta No. 50 del 11 de Marzo de 2016 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 214-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del 14 de diciembre de 2015, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 30 de diciembre de 2015, el Contrato de Ampliación en relación al Contrato de Préstamo y ejecución del Proyecto del 24.04.2012 con el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), Frankfurt am Main, de la República Federal de Alemania. II Que mediante el Contrato de Ampliación en relación al Contrato de Préstamo y de ejecución del Proyecto del 24.04.2012 suscrito con el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), se concede a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Diez Millones de Euros (¬ 10,000,000.00) a un plazo de 44.5 años, incluyendo 10 años de gracia, con una tasa de interés del 0.75% anual y una comisión de compromiso de 0.25% anual sobre el saldo del préstamo no desembolsado, para financiar la ejecución del Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario para la ciudad de Granada. Ejecución a cargo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL). III Que el financiamiento contratado con el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), tiene una concesionalidad de 57.88% aproximadamente. Podemos decir que este préstamo, está en armonía con los Lineamiento de la Política Anual de Endeudamiento Público 2015 y su reforma, Decreto No. 24-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 142, del 30 de julio de 2015, y con lo establecido en la Ley No. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del artículo 50 del Reglamento No. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 30 de enero de 2004. POR TANTO En uso de sus facultades, HA DICTADO El siguiente: DECRETO A. N. N°. 7948 DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE AMPLIACIÓN CELEBRADO EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE PRÉSTAMO Y DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DEL 24.04.2012, SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2015, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU, FRANKFURT AM MAIN, DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA Artículo 1 Apruébese el Contrato de Ampliación celebrado en relación con el Contrato de Préstamo y de Ejecución del Proyecto del 24.02.2012, suscrito el 30 de diciembre de 2015, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), Frankfurt am Main por un monto de Diez Millones de Euros (¬ 10,000,000.00), para financiar el Proyecto de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario para la ciudad de Granada. El Organismo Ejecutor será la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillado Sanitarios (ENACAL), y los fondos del Contrato les serán trasladados como aporte financiero no reembolsable. Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, Publíquese. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los tres días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. -