Decreto De Aprobacion Del Contrato De Ampliacion Celebrado En Relacion Con El Contrato De Prestamo Y De Ejecucion Del Proyecto Del 24.04.2012, Suscrito El 30 De Diciembre De 2015, Por El Gobierno De La Republica De Nicaragua Y El Kreditanstalt Für Wiederaufbau, Frankfurt Am Main, De La Repubica Federal De Alemania.
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE AMPLIACIÓN CELEBRADO EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE
PRÉSTAMO Y DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DEL 24.04.2012, SUSCRITO EL 30
DE DICIEMBRE DE 2015, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Y EL KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU, FRANKFURT AM MAIN, DE LA
REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
DECRETO A. N. N°. 7948, Aprobado el 3 de Marzo de 2016
Publicado en La Gaceta No. 50 del 11 de Marzo de 2016
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial
No. 214-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 236 del 14 de diciembre de 2015, el Ministro de
Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del
Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 30 de diciembre
de 2015, el Contrato de Ampliación en relación al Contrato de
Préstamo y ejecución del Proyecto del 24.04.2012 con el
Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), Frankfurt am Main, de la
República Federal de Alemania.
II
Que mediante el Contrato de Ampliación en relación al Contrato de
Préstamo y de ejecución del Proyecto del 24.04.2012 suscrito con el
Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW), se concede a la República de
Nicaragua un préstamo por un monto de Diez Millones de Euros (¬
10,000,000.00) a un plazo de 44.5 años, incluyendo 10 años de
gracia, con una tasa de interés del 0.75% anual y una comisión de
compromiso de 0.25% anual sobre el saldo del préstamo no
desembolsado, para financiar la ejecución del Proyecto de
Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario para la ciudad de Granada. Ejecución a
cargo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios (ENACAL).
III
Que el financiamiento contratado con el Kreditanstalt für
Wiederaufbau (KfW), tiene una concesionalidad de 57.88%
aproximadamente. Podemos decir que este préstamo, está en armonía
con los Lineamiento de la Política Anual de Endeudamiento Público
2015 y su reforma, Decreto No. 24-2015, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 142, del 30 de julio de 2015,
y con lo establecido en la Ley No. 477, Ley General de
Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial
No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del
artículo 50 del Reglamento No. 2-2004, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 21 del 30 de enero de
2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N.
N°. 7948
DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONTRATO DE AMPLIACIÓN CELEBRADO EN RELACIÓN CON EL
CONTRATO DE PRÉSTAMO Y DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO DEL 24.04.2012,
SUSCRITO EL 30 DE DICIEMBRE DE 2015, POR EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL KREDITANSTALT FÜR WIEDERAUFBAU,
FRANKFURT AM MAIN, DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA
Artículo 1 Apruébese el Contrato de Ampliación celebrado en
relación con el Contrato de Préstamo y de Ejecución del Proyecto
del 24.02.2012, suscrito el 30 de diciembre de 2015, por el
Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Kreditanstalt
für Wiederaufbau (KfW), Frankfurt am Main por un monto de Diez
Millones de Euros (¬ 10,000,000.00), para financiar el Proyecto de
Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado Sanitario para la ciudad de Granada. El Organismo
Ejecutor será la Empresa Nicaragüense de Acueductos y
Alcantarillado Sanitarios (ENACAL), y los fondos del Contrato les
serán trasladados como aporte financiero no reembolsable.
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por
tanto, Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los tres días del mes de
marzo del año dos mil dieciséis. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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