Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA
DECRETO A. N. N°. 7411, Aprobado el 13 de Febrero de
2014
Publicado en La Gaceta No. 33 del 19 de Febrero de 2014
CONSIDERANDO
I
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 138, numeral 12)
de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el
artículo 126 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder
Legislativo de la República de Nicaragua, es atribución concebida
de la Asamblea Nacional, aprobar o rechazar los instrumentos
internacionales celebrados con países u organismos sujetos de
derecho internacional.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7411
DECRETO DE APROBACIÓN DEL
ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COREA
Artículo 1 Apruébese el Acuerdo Marco de Cooperación entre
el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la
República de Corea, firmado en la ciudad de Managua, a los
veintinueve días del mes de octubre del año dos mil trece.
Art. 2 Esta aprobación le conferirá efectos legales, dentro
y fuera de Nicaragua, una vez que haya entrado en vigencia
internacionalmente, conforme se establece en el artículo 8 del
referido instrumento. El Presidente de la República procederá a
publicar el texto del Acuerdo Marco de Cooperación entre el
Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República
de Corea.
Art. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los trece días del mes de
febrero del año dos mil catorce. Lic. Iris Montenegro
Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic.
Alba Palacios Benavidez Secretaria de la Asamblea
Nacional
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