Decreto De Aprobación Del Acuerdo De Consolidación De La Deuda Efectuado Mediante Modificación Del Contrato De Préstamo No. 6020978001, Suscrito Entre La Empresa Administradora De Aeropuertos Internacionales (Eaai) Y El Export-Import Bank De China (Eximbank-China), El Día 21 De Junio De 2013, Con Garantía Del Gobierno De La República De Nicaragua
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL
ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EFECTUADO MEDIANTE
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020978001, SUSCRITO
ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES
(EAAI) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA (EXIMBANK-CHINA), EL DÍA 21
DE JUNIO DE 2013, CON GARANTÍA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETO LEGISLATIVO No. 7350, Aprobado el 11 de Diciembre de
2013
Publicado en La Gaceta No. 237 del 13 de Diciembre del 2013
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que con fecha veinticinco de mayo del año dos mil seis, el
Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA) firmó con la Empresa
Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), el Contrato
de Préstamo No. 6020978001 por un monto de Diecisiete Millones de
Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para
financiar la extensión de la pista de aterrizaje del Aeropuerto
Internacional de Managua en ochocientos metros de longitud y el
mejoramiento de la actual, así como la expansión y mejoramiento de
los Aeródromos de Puerto Cabezas, Bluefields y Corn Island.
II
Que el día veintiuno de junio del año dos mil trece, la Empresa
Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), suscribió una
enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020978001, con el
Export-Import Bank de China (Eximbank-China), para modificar el
plazo del préstamo a quince (15) años incluyendo cinco (5) años de
gracia y que será cancelado mediante pagos de veinte (20) cuotas
semestrales de Ochocientos Cincuenta Mil Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 850,000,00.) a partir del año 2018,
manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto cinco por
ciento (3.5%), actuación que fue ratificada por la Junta Directiva
de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI),
en Reunión Ordinaria número cincuenta y seis, celebrada en la
ciudad de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del
día diecisiete de septiembre del año dos mil trece.
III
Que mediante Acuerdo Presidencial No. 261-2013 publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 228 del veintinueve de noviembre del año
dos mil trece, el Presidente de la República de Nicaragua autorizó
al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y
representación del Gobierno de la República de Nicaragua suscriba
Garantía a favor del Export-Import Bank de China (Eximbank-china)
por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para la sustitución de la
Garantía Continua anteriormente extendida al Eximbank-China por
medio de Acuerdo Presidencial 326-2006 publicado en La Gaceta,
Diario Oficial No. 145 del jueves 27 de julio de 2006 y ratificado
por la Asamblea Nacional a través del Decreto A.N. No. 4878
publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 242 del 14 de diciembre
de 2006, en los términos establecidos en el Acuerdo de
Consolidación del Convenio de Préstamo No. 6020978001, suscrito el
21 de junio de 2013.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 7350
DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA
EFECTUADO MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No.
6020978001, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS
INTERNACIONALES (EAAI) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA
(EXIMBANK-CHINA), EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2013, CON GARANTÍA DEL
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Artículo 1 Apruébese el Acuerdo de Consolidación de la deuda
efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No.
6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos
Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China
(EXIMBANK-CHINA), con la Garantía del Gobierno de la República de
Nicaragua, por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los
Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para modificar el
plazo del préstamo a quince (15) años incluyendo cinco (5) de
gracia y será cancelado mediante pagos de veinte (20) cuotas
semestrales de Ochocientos Cincuenta Mil Dólares de los Estados
Unidos de América (US$850,000.00) a partir del año 201,
manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto por ciento
(3.50%), firmado el 21 de junio del 2013
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los once días del mes de
diciembre del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez,
Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios
Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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