Decreto De Aprobación Del Acuerdo De Consolidación De La Deuda Efectuado Mediante Modificación Del Contrato De Préstamo No. 6020978001, Suscrito Entre La Empresa Administradora De Aeropuertos Internacionales (Eaai) Y El Export-Import Bank De China (Eximbank-China), El Día 21 De Junio De 2013, Con Garantía Del Gobierno De La República De Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EFECTUADO MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020978001, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA (EXIMBANK-CHINA), EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2013, CON GARANTÍA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA DECRETO LEGISLATIVO No. 7350, Aprobado el 11 de Diciembre de 2013 Publicado en La Gaceta No. 237 del 13 de Diciembre del 2013 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que con fecha veinticinco de mayo del año dos mil seis, el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA) firmó con la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), el Contrato de Préstamo No. 6020978001 por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para financiar la extensión de la pista de aterrizaje del Aeropuerto Internacional de Managua en ochocientos metros de longitud y el mejoramiento de la actual, así como la expansión y mejoramiento de los Aeródromos de Puerto Cabezas, Bluefields y Corn Island. II Que el día veintiuno de junio del año dos mil trece, la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), suscribió una enmienda al Contrato de Préstamo No. 6020978001, con el Export-Import Bank de China (Eximbank-China), para modificar el plazo del préstamo a quince (15) años incluyendo cinco (5) años de gracia y que será cancelado mediante pagos de veinte (20) cuotas semestrales de Ochocientos Cincuenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 850,000,00.) a partir del año 2018, manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto cinco por ciento (3.5%), actuación que fue ratificada por la Junta Directiva de la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI), en Reunión Ordinaria número cincuenta y seis, celebrada en la ciudad de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del día diecisiete de septiembre del año dos mil trece. III Que mediante Acuerdo Presidencial No. 261-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 228 del veintinueve de noviembre del año dos mil trece, el Presidente de la República de Nicaragua autorizó al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua suscriba Garantía a favor del Export-Import Bank de China (Eximbank-china) por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para la sustitución de la Garantía Continua anteriormente extendida al Eximbank-China por medio de Acuerdo Presidencial 326-2006 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 145 del jueves 27 de julio de 2006 y ratificado por la Asamblea Nacional a través del Decreto A.N. No. 4878 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 242 del 14 de diciembre de 2006, en los términos establecidos en el Acuerdo de Consolidación del Convenio de Préstamo No. 6020978001, suscrito el 21 de junio de 2013. POR TANTO En uso de sus facultades, HA DICTADO El siguiente: DECRETO A. N. N°. 7350 DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO DE CONSOLIDACIÓN DE LA DEUDA EFECTUADO MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 6020978001, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES (EAAI) Y EL EXPORT-IMPORT BANK DE CHINA (EXIMBANK-CHINA), EL DÍA 21 DE JUNIO DE 2013, CON GARANTÍA DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Artículo 1 Apruébese el Acuerdo de Consolidación de la deuda efectuado mediante Modificación del Contrato de Préstamo No. 6020978001, suscrito entre la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales (EAAI) y el Export-Import Bank de China (EXIMBANK-CHINA), con la Garantía del Gobierno de la República de Nicaragua, por un monto de Diecisiete Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 17,000,000.00), para modificar el plazo del préstamo a quince (15) años incluyendo cinco (5) de gracia y será cancelado mediante pagos de veinte (20) cuotas semestrales de Ochocientos Cincuenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$850,000.00) a partir del año 201, manteniéndose la tasa de interés que es del tres punto por ciento (3.50%), firmado el 21 de junio del 2013 Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los once días del mes de diciembre del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional. -