Decreto De Aprobación De Contrato De Préstamo No.2022, Suscrito El 12 De Agosto De 2010, Por El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integración Económica (Bcie)
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DE
CONTRATO DE PRÉSTAMO NO. 2022, SUSCRITO EL 12 DE AGOSTO DE 2010,
POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO
CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)
DECRETO A. N. No. 6161, Aprobado el 7 de septiembre del
2010
Publica en La Gaceta No. 183 del 27 de septiembre del 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No.
108-2010 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 97 del 25 de
mayo del 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando
en nombre y representación del Gobierno de la República de
Nicaragua, suscribió el 12 de agosto del 2010, el Contrato de
Préstamo No. 2022 con el Banco Centroamericano de Integración
Económica (BCIE)
II
Que mediante el Contrato de Préstamo No. 2022 el Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE), le otorga a la
República de Nicaragua un préstamo por un monto de Veinticinco
Millones Cuatrocientos Mil Dólares Netos (US$25,400,000.00) moneda
de los Estados Unidos de América, a quince (15) años de plazo,
incluyendo tres (3) años de gracias, con una tasa de interés
ordinaria del seis punto noventa por ciento (6.90%) anual sobre
saldos, revisable y ajustable trimestralmente durante la vigencia
del préstamo y una Comisión de Supervisión y Auditoría de proyectos
del cero punto veinticinco por ciento (0.25%) sobre el monto del
préstamo, para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto
Rehabilitación y Modernización de las Plantas Hidroeléctrica
Centroamérica y Santa Bárbara, que ejecutará la Empresa
Nicaragüense de Electricidad (ENEL)
III
Que la ejecución del Proyecto, permitirá asegurar la extensión de
la vida útil por mas de 25 años a todos los equipos
hidroeléctricos, mecánicos y conexos que componen la Planta
Hidroeléctrica Centroamérica (PHCA) y la Planta Hidroeléctrica
Santa Bárbara (PHSB), y el mayor beneficio del proyecto, es brindar
seguridad eléctrica al mantener y extenderle la vida útil a las dos
principales plantas hidroeléctricas (PHCA Y PHSB) que actúan como
moduladores en la tarifa eléctrica para todos los usuarios y
consumidores (más de 600,000) del Sistema Interconectado Nacional
(SIN), así como de otros usos con otros fines (riego, consumo
humano, otros), Las Plantas PHCA y PHSB en conjunto tienen una
capacidad de 100MW (50MW cada planta), representando
aproximadamente el 12.2% de la capacidad instalada (dato del 2007)
de generación eléctrica en el SIN.
IV
Que la ejecución del Proyecto Rehabilitación y Modernización de
las Plantas Hidroeléctricas Centroamérica y Santa Bárbara forma
parte del Programa de Apoyo al Sector Eléctrico con un costo total
estimado de US$144.2 millones de dólares (Banco Centroamericano de
Integración Económica (BCIE) US$.25.4 millones; Banco Europeo de
Inversiones (BEI) US$20.4 millones y Contrapartida local por US$5.5
millones)
V
Que la concesionalidad de los recursos del BCIE, combinada con la
concesionalidad de los fondos del BID y del (BEI permite una
concesionalidad ponderada en armonía con los lineamientos de la
Política de Endeudamiento público 2010, publicada en La Gaceta,
Diario Oficial No. 134 del 17 de Julio de 2009.
POR TANTO
En usos de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE
APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2022, SUSCRITO EL 12 DE
AGOSTO DE 2010, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE)
Articulo 1 Se aprueba el contrato de Préstamo No. 2022,
suscrito el 12 de agosto de 2010, por el Gobierno de la República
de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y Crédito
Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE),
por un monto de Veinticinco Millones Cuatrocientos Mil Dólares
Netos (US$25,400,000.00), moneda de los Estados Unidos de América,
para financiar parcialmente la Ejecución del Proyecto
Rehabilitación y Modernización de las Plantas Hidroeléctricas
Centroamérica y Santa Bárbara, que ejecutara la Empresa
Nicaragüense de Electricidad (ENEL)
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto
publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los
siete días del mes de septiembre del año dos mil diez Ing. René
Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr.
Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea
Nacional.
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