Decreto De Aprobación A La Modificación Del Contrato De Préstamo No. 1820, Suscrita El 23 Del Diciembre Del 2009 Por El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Banco Centroamericano De Integración Económica (Bcie)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DECRETO DE APROBACIÓN A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1820, SUSCRITA EL 23 DEL DICIEMBRE DEL 2009 POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) DECRETO A. N. No. 5929, Aprobado el 22 de Abril del 2010 Publicado en La Gaceta No. 86 del 10 de Mayo del 2010LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 321-2009 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 244 del 30 de diciembre del 2009, el Ministro de Hacienda y Crédito público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 23 de diciembre del 2009, la Modificación del Contrato de Préstamo No. 1820, proyecto "Construcción de la Central Hidroeléctrica Larreynaga" (Jinotega), firmado el 20 de noviembre del 2006 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). II Que mediante la Modificación del Contrato de Préstamo No. 1820, el BCIE otorgará a la República de Nicaragua, un monto adicional de Veintidós Millones Ochocientos Noventa y Tres Mil Ochocientos Setenta y Nueve Dólares Netos (US$22,893,879.00), moneda de los Estados Unidos de América cuyo incremento permitirá que el préstamo alcance un monto total de hasta Cincuenta y Nueve Millones Seiscientos Once Mil Ochocientos Setenta y Nueve Dólares Netos (US$59,611,879.00), moneda de los Estados Unidos de América, bajo condiciones financieras diferentes a las pactadas originalmente. III Que la ejecución del Proyecto Central Hidroeléctrica Larreynaga contribuirá con la estabilización de la tarifa eléctrica en el área concesionada del Sistema Interconectado Nacional (SIN) por la incorporación de 17 megavatios (M w) adicionales con energía renovable, mejorando la competitividad nacional. IV Que las condiciones financieras para el financiamiento otorgadas por el BCIE son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la "Política de Endeudamiento Público 2009", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 12 de agosto del 2008. POR TANTO En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente; DECRETO DE APROBACIÓN A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1820, SUSCRITA EL 23 DEL DICIEMBRE DEL 2009 POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE) Artículo 1 Se aprueba la Modificación del Contrato de Préstamo No. 1820, suscrita el 23 de diciembre del 2009, por el Gobierno de la República de Nicaragua y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto adicional de Veintidós Millones Ochocientos Noventa y Tres Mil Ochocientos Setenta y Nueve Dólares Netos (US$22,893,879.00), moneda de los Estados Unidos de América, como consecuencia del incremento el préstamo alcanzará un monto total de hasta Cincuenta y Nueve Millones Seiscientos Once Mil Ochocientos Setenta y Nueve Dólares Netos (US$59,611,879.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Construcción de la Central Hidroeléctrica Larreynaga", a cargo de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (ENEL) Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional. -