Declárase Capital De Folklore De Nicaragua A La Ciudad De Masaya.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Legislativos - DECLÁRASE CAPITAL DE FOLKLORE DE NICARAGUA A LA CIUDAD DE MASAYA. DECRETO A.N. No. 2687, Aprobado el 23 de Octubre del 2000. Publicado en La Gaceta No. 23 del 1 de Febrero del año 2001 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus Facultades HA DICTADO El siguiente: DECRETO Artículo 1.- Declárase a la Ciudad de Masaya, Capital del Folklore de Nicaragua. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta. Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de Octubre del dos mil. IVAN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON, Secretario de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, treinta de Octubre del año dos mil. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -