Declaración En La República En Estado De Sitio

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - DECLARACIÓN EN LA REPÚBLICA EN ESTADO DE SITIO Aprobado el 5 de Febrero de 1915 Publicado en La Gaceta No. 33 del 9 de Febrero de 1915 El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Único  Apruébase el acuerdo ejecutivo de nueve de diciembre de mil novecientos catorce, que declara la República en estado de sitio; y subsistiendo las causas que lo motivaron, se prorroga por el término de ley. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara Senado  Managua, 5 de febrero de 1915  J. DEMETRIO CUADRA, S.P.  VICENTE ROMÁN, S.S.  J. LEOPOLDO SALAZAR, S.S. Al Poder Ejecutivo  Cámara de Diputados, Managua, 9 de febrero de 1915  MÁXIMO H. ZEPEDA, D.P.  SATURNINO ARANA, D.S.  E. HENRÍQUEZ, D.S. Por tanto: ejecútese  Casa Presidencial  Managua, nueve de febrero de mil novecientos quince  ADOLFO DÍAZ  El Ministro de la Guerra y Marina, encargado accidentalmente del Despacho de la Gobernación  J. A. URTECHO. -