De Aprobación Del Protocolo De Modificación Del Convenio Multilateral Sobre Cooperación Y Asistencia Mutua Entre Las Direcciones Nacionales De Aduanas Y Sus Anexos I, Ii, Iii, Iv, V Y Vi

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS Y SUS ANEXOS I, II, III, IV, V Y VI DECRETO A.N. No. 3675. Aprobado el 7 de Octubre del 2003. Publicado en La Gaceta No. 208 del 3 de Noviembre del 2003. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO: I Que el día 29 de Octubre de 1999, en la XX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal celebrada en Cancún, Quintana Roo, México, fue suscrito el Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas y sus Anexos I, II, III, IV, V Y VI. II Que dicho Protocolo pretende dinamizar las corrientes comerciales y facilitar el transporte entre los países miembros, así como la prevención, investigación y represión de las infracciones aduaneras. En uso de sus facultades: HA DICTADO: El siguiente: DECRETO: DE APROBACIÓN DEL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO MULTILATERAL SOBRE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA MUTUA ENTRE LAS DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS Y SUS ANEXOS I, II, III, IV, V Y VI Artículo 1.- Apruébase el Protocolo de Modificación del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduana y sus Anexos I, II, III, IV, V, y VI, suscrito el XX Reunión de Directores Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal celebrada en Cancún, Quintana Roo, México, el 29 de Octubre de 1999. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los siete días del mes de Octubre del año dos mil tres.- JAIME CUADRA SOMARRIBA.- Presidente de la Asamblea Nacional.- MIGUEL LÓPEZ BALDIZON.- Secretario de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de Octubre del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua. -