De Aprobación Del Convenio De Préstamo No. 846P, Proyecto De Rehabilitación De La Carretera Panamericana

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 846P, PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PANAMERICANA DECRETO A.N. No. 3311, Aprobado el 14 de Junio del 2002 Publicado en La Gaceta No. 123 del 02 de Julio del 2002 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo Nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 846P, PROYECTO DE REHABILITACIÓN DE LA CARRETERA PANAMERICANA Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Préstamo No. 846P, suscrito el 10 de Octubre de 2001, entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional, por un monto de cinco millones de dólares (US$ 5,000,000.00) para financiar el Proyecto de Rehabilitación de la Carrera Panamericana. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de Junio del dos mil dos. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la Asamblea Nacional. RENE HERRERA ZUNIGA, Secretario de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de Junio del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -