De Aprobación Del Convenio De Préstamo No. 4185-Ni Firmado El 22 De Junio Del 2006, Para Financiar El “Cuarto Proyecto De Rehabilitación Y Mantenimiento De Carretera” Contratado Con La Asociación Internacional De Fomento Del Banco Mundial (Aif) Por Un Monto De Cuarenta Y Un Millones Cien Mil Derechos Especiales De Giro (Deg 41, 100,000.00) Equivalente Aproximadamente A Sesenta Millones De Dólares De Los Estados Unidos De América (Us$ 60, 000,000.00)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 4185-NI FIRMADO EL 22 DE JUNIO DEL 2006, PARA FINANCIAR EL CUARTO PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERA CONTRATADO CON LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO DEL BANCO MUNDIAL (AIF) POR UN MONTO DE CUARENTA Y UN MILLONES CIEN MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 41, 100,000.00) EQUIVALENTE APROXIMADAMENTE A SESENTA MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 60, 000,000.00) DECRETO A. N. No. 4880, Aprobado el 28 de Noviembre del 2006 Publicado en La Gaceta No. 242 del 14 de Diciembre del 2006 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 287-2006 del 21 de junio del año 2006, el Señor Santiago Alvira Lacayo, Encargado de Negocios Ad Interim de la Embajada de Nicaragua en los Estados Unidos de América, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 22 de junio de 2006 el convenio de Financiamiento No. 4185-NI con la Asociación Internacional de Fomento (AIF). II Que mediante el citado convenio la Asociación Internacional de Fomento le otorga a Nicaragua un préstamo por cuarenta y un millón cien mil derechos especiales de giro (DEG 41, 100,000.00) a un plazo de 40 años, incluyendo 10 años de gracia, con una tasa de interés del 0% anual sobre saldo, un cargo por servicios del 0.75% anual y un cargo por compromiso del 0.50% anual máximo, para financiar el Cuarto Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras. III Que las condiciones financieras del préstamo otorgado por la Asociación Internacional de Fomento son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2006 publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 153 del 9 de Agosto de 2005. IV Que la demanda de recursos locales para la implementación del proyecto a financiar, está dentro de los parámetros establecidos en la citada política en materia de asignación de fondos de contrapartida para proyectos financiados con recursos externos. En uso de sus Facultades; HA DICTADO El Siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 4185-NI FIRMADO EL 22 DE JUNIO DEL 2006, PARA FINANCIAR EL CUARTO PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERA CONTRATADO CON LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO DEL BANCO MUNDIAL (AIF) POR UN MONTO DE CUARENTA Y UN MILLONES CIEN MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG 41, 100,000.00) EQUIVALENTE APROXIMADAMENTE A SESENTA MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 60, 000,000.00) Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Financiamiento No. 4185-NI firmado el 22 de junio del 2006, por la República de Nicaragua, representada por el Encargado de Negocios Ad Interim de la Embajador de Nicaragua en los Estados Unidos de América y la Asociación Internacional de Fomento, (AIF) por un monto de cuarenta y un mil millones cien mil derechos especiales de giro (DEG 41, 100,000.00). Artículo 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil seis. ING. EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ Presidente Asamblea Nacional. DRA. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, cuatro de diciembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -