De Aprobación Del Convenio De Crédito Con El Fondo De La Opep Para El Desarrollo Internacional

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO CON EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL DECRETO A. N. No. 1602, Aprobada el 06 de Febrero de 1997 Publicado en La Gaceta No. 38 del 24 de Febrero de 1997 DECRETO A. N. No. 1602 El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Hace saber al Pueblo Nicaragüense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE DE NICARAGUA En uso de sus facultades, HA DICTADO El Siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO CON EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL Artículo 1.- Apruébase el Convenio de Crédito suscrito el 24 de Julio de 1996 entre el Fondo de la Opep para el Desarrollo Internacional y el Gobierno de la República por un monto de cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000.000.00) para el financiamiento del Programa de Rehabilitación y mejoramiento Vial. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y siete.- IVAN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional. LOMBARDO MARTINEZ, Secretario de la Asamblea Nacional. POR TANTO Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiuno de Febrero de mil novecientos noventa y siete. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -