De Aprobación Del Contrato De Préstamo No. 1055/sf-Ni Entre El Gobierno De La Republica De Nicaragua Y El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid) Para Financiar El “Programa De Red De Protección Social”
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO No. 1055/SF-NI ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA
FINANCIAR EL PROGRAMA DE RED DE PROTECCIÓN SOCIAL
DECRETO A.N. No. 2633, Aprobado 17 de Mayo del 2000
Publicado en La Gaceta No. 102 del 31 de Mayo del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el 29 de marzo del 2000 fue suscrito entre el Señor Enrique
Iglesias, Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y
el Ingeniero Esteban Duque Estrada, Ministro de Hacienda y Crédito
Pú ;blico, en nombre y representación del Gobierno de la República
de Nicaragua, Contrato de Préstamo No. 1055/SF-NI por un monto de
Nueve Millones de Dólares (US$9,000,000.00) o su equivalente en
otras monedas, excepto la de Nicaragua.
II
Que el préstamo es altamente concesional, con un plazo de pago de
30 años y un período de gracia de 10 años, devengará una tasa de
interés del 1% anual hasta el 29 de marzo del 2010 y de 2% anual
desde esa fecha en adelante, que se devengarán desde las fechas de
los respectivos desembolsos y una comisión de crédito del ½ % anual
que empezará a devengarse a los doce meses contados a partir del 8
de marzo del 2000, fecha de Resolución del Directorio Ejecutivo de
Banco en la que se aprobó este financiamiento.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO
No. 1055/SF-NI ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Y EL
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) PARA FINANCIAR EL
PROGRAMA DE RED DE PROTECCIÓN SOCIAL
Artículo 1.- Apruébese el Contrato de Préstamo No.
1055/SF-NI suscrito el 29 de marzo del 2000 entre el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), con domicilio en los Estados
Unidos de Norteamérica y el Gobierno de la República de Nicaragua,
por un monto de nueve millones de dólares (US$ 9,000,000.00) para
financiar el Programa Red de Protección Social.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los diecisiete días del mes de Mayo del dos
mil. OSCAR MONCADA REYES Presidente de la Asamblea Nacional
por la Ley PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN Secretario de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticinco de Mayo
del año dos mil. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la
República de Nicaragua
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