De Aprobación Del Acuerdo Marco De Cooperación Entre Elgobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La Gran Jamahiria Arabe Libia Popular Socialista
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL ACUERDO MARCO
DE COOPERACIÓN ENTRE ELGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
GOBIERNO DE LA GRAN JAMAHIRIA ARABE LIBIA POPULAR
SOCIALISTA
DECRETO A.N. No. 4377, Aprobado el 13 de Octubre del
2005
Publicado en La Gaceta No. 214 del 04 de Noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 12 de Octubre del 2004, fue suscrito por el Ministro de
Relaciones Exteriores de la República de Nicaragua en la ciudad de
Trípoli, Libia, el Acuerdo Marco de Cooperación entre el Gobierno
de la República de Nicaragua y el Gobierno de la Gran Jamahiria
Árabe Libia Popular Socialista.
II
Que la aprobación de dicho Acuerdo reviste particular importancia,
en virtud de que pretende fomentar y desarrollar la cooperación
bilateral en los ámbitos económico, técnico-científico y
cultural.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN
DEL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE ELGOBIERNO DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA GRAN JAMAHIRIA ARABE LIBIA POPULAR
SOCIALISTA
Artículo 1.- Apruébase el Acuerdo Marco de Cooperación entre
el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la Gran
Jamahiria Árabe Libia Popular Socialista, suscrito por los
Ministros de Relaciones Exteriores de ambos Gobiernos en la ciudad
de Trípoli, Libia, el día 12 de Octubre del 2004.
Artículo 2.- El presente Decreto a partir de su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial, entrará en vigencia interna e
internacionalmente, después del intercambio de los instrumentos de
ratificación.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil
cinco. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea
Nacional. MARIA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veintiún de octubre del
año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la
República de Nicaragua.
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