Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA CHECA PARA LA PROMOCIÓN Y
PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
DECRETO A.N. No. 3313, Aprobado el 14 de Junio del
2002
Publicado en La Gaceta No. 123 del 02 de Julio del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 2 de Abril de 2002, fue suscrito en esta ciudad de
Managua, el Acuerdo entre la República de Nicaragua y la República
Checa para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, por
la Ministra por la Ley de Relaciones Exteriores de Nicaragua,
Señora Berta Marina Argüello y el Ministro de Finanzas de la
República Checa, Señor Jiri Rusnok.
II
Que conviene a los intereses económicos de nuestro país aprobar
dicho Acuerdo, puesto que vendría a consolidar la cooperación
económica entre ambos Estados, creando condiciones favorables para
las inversiones y estimulando las iniciativas económicas privadas y
la transferencia de capital y tecnología en el interés del
desarrollo económico de ambas naciones.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL ACUERDO ENTRE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA CHECA PARA LA PROMOCIÓN Y
PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
Artículo 1.- Aprobar el Acuerdo entre la República de
Nicaragua y la República Checa para la Promoción y Protección
Recíproca de Inversiones, suscrito en esta ciudad de Managua el 2
de Abril de 2002, por la Ministra de Relaciones Exteriores por la
Ley, Señora Berta Marina Argüello y el Ministro de Finanzas de la
República Checa, Señor Jir Rusnok.***
Artículo. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la
Asamblea Nacional, a los catorce días del mes de Junio del dos mil
dos. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la Asamblea
Nacional. RENE HERRERA ZUNIGA, Secretario de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, veinticuatro de
Junio del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente
de la República de Nicaragua.
***Observación: En La Gaceta en el párrafo primero en su
última línea dice Jiri Rusnok, y en el Arto. 1 en su última línea
dice Jir Rusnok.-
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