De Aprobación Del Acuerdo Complementario Al Acuerdo De Cooperación Y Amistad Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República Bolivariana De Venezuela, En El Area De Cooperación Turistica

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - DE APROBACIÓN DEL ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO DE COOPERACIÓN Y AMISTAD ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, EN EL ÁREA DE COOPERACIÓN TURÍSTICA Decreto Legislativo No. 2829, Aprobado el 27 de Febrero del 2001 Públicado en La Gaceta No. 71 del 17 de Abril del 2001 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Hace saber al pueblo nicaraguense que: LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades; HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO COMPLEMENTARIO AL ACUERDO DE COOPERACIÓN Y AMISTAD ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, EN EL AREA DE COOPERACIÓN TURISTICA Artículo 1.- Apruébese el Decreto del Acuerdo Complementario al Acuerdo de Cooperación y Amistad entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, en Area de Cooperación Turística suscrito el día 21 de Noviembre del año 2000, por el Doctor Arnoldo Alemán Lacayo, Presidente de la República de Nicaragua y el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, en la ciudad de Matiguás, Matagalpa, Nicaragua. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia, a partir de su públicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado e la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintisiete días del mes de Febrero del dos mil uno.- OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional.- PEDRO JOAQUIN RIOS CASTELLON, Secretario de la Asamblea Nacional. Por tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, diecinueve de Marzo del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -