Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Legislativos
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DE APROBACIÓN AL PROTOCOLO DE LA
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS RELATIVO A LA ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE
DECRETO A.N. No. 2080. Aprobado el 15 de Octubre de
1998.
Publicado en La Gaceta No. 216 de 12 de noviembre de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
l
Que el Gobierno de Nicaragua suscribió en la Sede de la
Organización de los Estados Americanos de la ciudad de Washintong,
el 30 de Agosto de 1990, el Protocolo a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de
Muerte, aprobado en Asunción, Paraguay, el 8 de Junio de 1990
durante la celebración del Vigésimo Período Ordinario de Sesiones
de los Estados Americanos.
ll
Que es fundamento esencial de la política del Gobierno de Nicaragua
el respeto irrestricto a los Derechos Humanos y en base a ello el
derecho a la vida, es esencial e inviolable.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE APROBACIÓN AL PROTOCOLO DE LA
CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS
HUMANOS RELATIVO A LA ABOLICIÓN DE LA PENA DE
MUERTE
Artículo 1.- Aprobar el Protocolo a la Convención Americana
sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de
Muerte, aprobado en Asunción, Paraguay, el 8 de Junio de 1990 y
suscrito por Nicaragua el 30 de Agosto de ese mismo año.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los quince días del mes de Octubre de mil novecientos
noventa y ocho.- IVÁN ESCOBAR FORNOS.- PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.-NOEL PEREIRA MAJANO.- SECRETARIO DE LA ASAMBLEA
NACIONAL.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, veintiocho de Octubre de mil
novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.-PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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