Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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(CLAUSURA DE LAS SESIONES
EXTRAORDINARIAS DEL CONGRESO NACIONAL, CÁMARA DE DIPUTADOS Y DEL
SENADO)
DECRETO No. 174 Aprobado el 22 de Diciembre de 1941
Publicado en La Gaceta No. 12 del 20 de Enero de 1942
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente
DECRETO No. 174
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETAN
Único: Hanse por clausuradas las sesiones extraordinarias
del Congreso, para que fue convocado por Decreto Ejecutivo No. 688
de fecha 10 de Diciembre de 1941.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso. Managua, D. N., 22 de
Diciembre de 1941. A. Abaunza E., Presidente. Arturo
Mantilla, Secretario. E. Aguado, Secretario.
Por Tanto: Publíquese. Palacio Presidencial. Managua, D. N., 22 de
Diciembre de 1941. A. SOMOZA, Presidente de la República.
LEONARDO ARGÜELLO, Ministro de Gobernación.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETAN
Único: Hanse por clausuradas las sesiones extraordinarias de
la Cámara, para que fue convocada por Decreto Ejecutivo No. 688 de
fecha 10 de Diciembre de 1941.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.
N., 22 de Diciembre de 1941. A. Abaunza E., D. P., C.
Irigoyen, Secretario. Gustavo A. Noguera,
Secretario.
Por Tanto: Publíquese. Palacio Presidencial. Managua, D. N., 22 de
Diciembre de 1941. A. SOMOZA, Presidente de la República.
LEONARDO ARGÜELLO, Ministro de Gobernación.
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
QUE LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETAN
Único: Se declaran clausuradas las presentes sesiones
extraordinarias de la Cámara del Senado, que fue convocado el
Congreso por Decreto Ejecutivo No. 688 de diez de Diciembre
corriente.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado. Managua, D.
N., 22 de Diciembre de 1941. Onofre Sandoval, S. P.,
Arturo Mantilla, S. S. J. Solórzano Díaz, S. S.
Por Tanto: Publíquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., veintidós
de Diciembre de mil novecientos cuarenta y uno. A. SOMOZA,
Presidente de la República. LEONARDO ARGÜELLO,
Ministro de Gobernación.
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