Autorizase A Poder Ejecutivo Suscribir Convenio De Prestamo Con El Bcie Para La Reconstruccion De La Carretera Panamericana Norte

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - AUTORIZASE A PODER EJECUTIVO SUSCRIBIR CONVENIO DE PRESTAMO CON EL BCIE PARA LA RECONSTRUCCION DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE Decreto No. 23 de 24 de abril de 1975 Publicado en La Gaceta No. 106 de 15 de mayo de 1975 Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: Decreto No. 23 La Cámara de Diputados y la Cámara de Senado de la República de Nicaragua, El Presidente de la República, a sus habitantes, Decretan: Arto. 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o la persona a quien éste delegue, suscrita en nombre de la República de Nicaragua, un Convenio de Préstamo con el Banco Panamericano de Integración Económica (BCIE), por la cantidad Seis Millones Doscientos Mil Dólares (US$6.200.00) con un plazo de quince (15) años, incluyendo cinco (5) años de gracia, a contarse de la fecha de suscripción del Contrato, devengando un interés del ocho por ciento (8%) anual y una comisión de compromiso del tres cuarto del uno por ciento (3/4 del 1%) anual sobre los saldos no desembolsados, que comenzará a devengarse a partir de la fecha del Contrato. Arto. 2.- La cantidad emprestada será utilizada para el financiamiento de la reconstrucción del tramo de la Carretera Panamericana Norte, Sección Las Mercedes de Benito, y la radial de conexión con la Carretera Tipitapa-Masaya. Arto. 3.- Esa autorización comprende la facultad de firmar documentos necesarios para esta clase de préstamos e Incorporar el Contrato, las cláusulas que mejor aseguren los intereses de la Hacienda Pública, así como la de incluir en los correspondientes Presupuestos de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Arto. 4.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta ", Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., veinticuatrés de Abril de mil novecientos setenta y cinco.- (f) Cornelio Hüeck, Presidente.- (f) Ulises Fonseca Talavera, Secretario.- Fernando Zelaya Rojas, Secretario. Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado.- Managua, D. N., 25 de Abril de 1975.- (f) Pablo Rener, Presidente.- (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario.- (f) Edmundo Paguaga Irías, Secretario. Por Tanto: Ejecútese Casa Presidencial, Managua, D. N., a los veintinueve días del mes de Abril de 1975. - (f) A. SOMOZA D.- Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C: P. -