Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO
PARA SUSCRIBIR CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA CONTRATO DE PRÉSTAMO POR US$ 660.000.00
Decreto No. 1601 de 5 de Septiembre de 1969
Publicado en La Gaceta No. 224 de 01 de octubre de 1969
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 1601
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.- Se autoriza al Poder Ejecutivo en el ramo de
Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro
de Hacienda y Crédito Público, o la persona que él delegue,
suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica, en
nombre del Gobierno de Nicaragua, un Contrato de Préstamo hasta por
la suma de seiscientos sesenta mil dólares (US$ 660.000.00)
pagaderos en un plazo de 10 años, incluyendo 2 de gracia, con un
interés de 5 1/2% anual y una comisión de compromiso de 3/4 del 1%
anual sobre los saldos no desembolsados. El producto de este
préstamo será para el financiamiento de los estudios de Ingeniería
de las carreteras Acoyapa - San Carlos y Tuma - Siuna, los que son
de alta prioridad del sistema regional del país.
Artículo 2.-La presente autorización comprende la facultad
de firmar todos los documentos que fuere preciso en la tramitación
del préstamo en referencia y aceptar las cláusulas y condiciones
requeridas, así como la de incluir en los correspondientes
Presupuestos de Ingresos y Egresos de la República las cantidades
necesarias para el oportuno cumplimiento de las obligaciones
contraídas.
Artículo 3.-Este Decreto regirá desde la fecha de su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua,
D.N., 31 de julio de 1969.- (f) Orlando Montenegro Medrano, D.P.
(f) César Acevedo Quiróz, D.S. (f) Francisco Argeñal Papi,
D.S.
Por tanto: Ejecútese. Casa Presidencial, Managua D.N., 5 de
septiembre de 1969.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la
República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Estado en el Despacho
de Hacienda y Crédito Público".
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