Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Legislativos
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(AUTORIZA SALIDA E INGRESO DE
TROPAS)
DECRETO A.N. No. 4621, Aprobado el 05 de Abril del
2006
Publicado en La Gaceta No. 74 del 17 de Abril del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Al tenor de lo dispuesto en los Artículos 92
párrafo tercero y el 138, numeral 26 de nuestra Constitución
Política, autorizar la salida de efectivos militares del territorio
nacional e ingreso de efectivos y naves militares extranjeras al
territorio nacional de conformidad a la planificación de
actividades durante el año 2006, que involucran la salida de tropas
nicaragüenses fuera del país y el ingreso de tropas extranjeras con
fines humanitarios hacia Nicaragua.
Artículo 2.- Autorizar la salida de 10 efectivos militares
nicaragüenses hacia la República de Honduras, en el período
comprendido del 20 de abril al 15 de mayo del corriente año, con el
objetivo de participar en el Ejercicio Iguana Voladora.
Artículo 3.- Autorizar la salida de 45 efectivos militares
nicaragüenses hacia la Isla Martinica, en el período comprendido
del 28 de abril al 4 de junio del corriente año, con el objetivo de
realizar un Intercambio de experiencias COE - 33 RIMA.
Artículo 4.- Autorizar el ingreso al territorio nacional de
un contingente compuesto por 45 efectivos militares del Ejército de
Francia, y una Aeronave Militar CN-235 de las Fuerzas Armadas de
Francia en el período comprendido del 28 de abril al 10 de julio
del corriente año, con el objetivo de realizar un Intercambio de
experiencias COE - 33 RIMA.
Artículo 5.- Autorizar la salida de 10 efectivos militares
hacia la República de Paraguay, en el período comprendido del 10 de
mayo al 25 de junio del corriente año, con el objetivo de
participar en Ejercicios de Fuerzas Comando.
Artículo 6.- Autorizar la salida de 5 efectivos militares
nicaragüenses hacia los Estados Unidos de América, en el período
comprendido del 20 de julio al 10 de septiembre del corriente con
el objetivo de participar en la competencia de Salto de la Guardia
Nacional de los Estados Unidos del corriente año.
Artículo 7.- El presente Decreto que entrará en vigencia a
partir de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin
perjuicio de su Publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones la Asamblea
Nacional, a los cinco días del mes de abril del año dos mil seis.
EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente Asamblea Nacional. MARIA
AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea
Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, siete de abril de dos
mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República
de Nicaragua.
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