Apruébase Tratado Entre Nicaragua Y Chile Sobre Ejercicio De Profesiones Científicas Y Literarias

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - (APRUÉBASE TRATADO ENTRE NICARAGUA Y CHILE SOBRE EJERCICIO DE PROFESIONES CIENTÍFICAS Y LITERARIAS) Aprobado el 16 de Agosto de 1901. Publicado en La Gaceta No. 1444 del 5 de Septiembre de 1901. La Asamblea Nacional Legislativa de la República de Nicaragua, DECRETA: Único.- Aprobar el Tratado sobre el ejercicio de profesiones científicas y literarias celebrado entre la República de Nicaragua y la de Chile, que á la letra dice: Las Repúblicas de Nicaragua y Chile, animadas del deseo de estrechar las relaciones que felizmente se han conservado entre ambos países y proteger el ejercicio de las profesiones científicas y literarias de sus respectivos nacionales, han dispuesto de común acuerdo la celebración de un Tratado ad referéndum; y al efecto, SE. el señor Dr. don Fernando Sánchez, Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores de Nicaragua, y el Excelentísimo señor don Beltrán Mathieu, en su calidad de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Chile, han convenido y estipulado lo siguiente: Art. 1.- Todos los títulos académicos, científicos ó profesionales, expedidos por las Facultades ó Corporaciones nacionales autorizadas de Nicaragua y Chile, serán reconocidos respectivamente en uno y otro país. Art. 2.- Los nicaragüenses en Chile y los chilenos en Nicaragua, gozarán de los derechos civiles como si fuesen naturales, y podrán ejercer sus diferentes profesiones y oficios con arreglo á las leyes del país en que resida; y para esto y los efectos del artículo anterior, no se exigirá otro requisito que la presentación de los diplomas ó certificados legales que acrediten el título debidamente autenticados, y la prueba de la identidad personal del interesado. En fe de lo cual firman y sellan por duplicado, en Managua á los veintiún días del mes de Marzo de mil novecientos uno.- (f) Fernando Sánchez.- (f) B. Mathieu. Dado en el Salón de Sesiones.- Managua, 13 de Agosto de mil novecientos uno.- José D. Gámez- D. P.- L. Rodríguez.- D. S.- R. Espinosa R.- D. S. Cúmplase.- Palacio Nacional.- Managua, 16 de Agosto de 1901.- J. S. Zelaya.- El Ministro de Relaciones Exteriores.- Fernando Sánchez. -